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Un pensionista descansando en un parqueEuropa Press

Un abogado recomienda hacerse mujer para cobrar un 15 % más de pensión gracias a la ley trans

La nueva norma, con la que se permite la autodeterminación de género, podría generar situaciones contrarias a las deseadas por Igualdad

La controvertida ley trans que entró en vigor el pasado jueves sigue generando situaciones que pueden derivar en efectos contrarios a los deseados por el Ministerio de Igualdad, impulsor de la norma. Desde que un violador de mujeres acabe cumpliendo su pena en una cárcel femenina a que un agresor modifique su sexo en el registro para que no se le impute violencia de género. Todo puede ocurrir a partir de ahora.

Pero la cosa va más allá. Un abogado valenciano, Jesús Manuel González Acuña, ha planteado en la red social Twitter otra posibilidad: cobrar más pensión si eres un hombre y pasas a ser mujer.

«Si eres hombre, estás próximo a la edad de jubilación, tienes dos hijos o más y rectificas la mención relativa al sexo, pasando a ser mujer, conforme a la Ley 4/2023, puedes obtener el complemento para la reducción de la brecha de género (mínimo un 5 % de la pensión)».

Según González, la ley trans facilitaría este hecho, ya que con la autodeterminación de género no haría falta ningún tipo de informe médico o psicológico que certifique una disforia de género. Con ello, cualquier hombre con las características arriba indicadas podría solicitar este cambio y beneficiarse económicamente.

El abogado añade que toda la información relativa a esta posible ventaja está recogida en el artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social y disposición adicional 18 de la Ley de Clases Pasivas.

El primer texto dice que las mujeres «que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la incidencia que, con carácter general, tiene la brecha de género en el importe de las pensiones contributivas de la Seguridad Social de las mujeres».

En el segundo se hace referencia al reconocimiento de «un complemento de pensión a las mujeres que hayan tenido hijos naturales o adoptados y sean beneficiarias de pensiones de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad o viudedad que se causen a partir del 1 de enero de 2016 en el Régimen de Clases Pasivas del Estado».

El tuit del abogado ha causado revuelo en la red social y un intenso debate jurídico sobre si esto se podría realmente aplicar o no. El abogado aclara que es un hecho «que no ha sucedido» y por eso dice «próxima jubilación». Habrá que esperar, por tanto, para ver si esta situación se puede producir finalmente o no.