Madrid deberá indemnizar con 150.000 euros a una mujer que contrajo VIH en un TAC
El Gobierno regional mantuvo que la infección no se relacionaba con la atención recibida en el Hospital General Universitario Gregorio Marañón
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Comunidad de Madrid a indemnizar con 150.000 euros a una paciente de 32 años que contrajo el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) al hacerse un TAC con contraste en el Hospital Gregorio Marañón en 2018.
En una sentencia fechada el pasado 23 de febrero, la Sala de lo Contencioso-administrativo estima parcialmente el recurso de la paciente contra la desestimación de una demanda anterior, en la cual solicitaba 400.000 euros al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) por los «daños y perjuicios derivados de la inoculación iatrogénica del virus VIH», según ha adelantado eldiario.es.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la demandante fue sometida a la prueba de TAC con contraste el 18 de septiembre de 2018 tras haber sido intervenida en junio anterior de un carcinoma ovárico por laparoscopia en un hospital privado y ser sometida a quimioterapia.
Tras dar positivo por VIH en diciembre siguiente, y presentar una reclamación ante la Comunidad de Madrid, la respuesta de la Inspección Sanitaria fue que «la paciente sufrió una infección por VIH que no se ha relacionado causalmente con la atención recibida en el Hospital General Universitario Gregorio Marañón (HGUGM)», y que además «la evolución ha sido satisfactoria y la carga viral se hizo indetectable».
Asimismo, «no puede descartarse que la infección VIH esté relacionada con su actividad de odontóloga o con la atención recibida en centros privados».
Sin embargo, un informe médico pericial presentado por la defensa de la demandante ha concluido que esta paciente «sufrió un contagio durante los diferentes actos médicos terapéuticos y quirúrgicos realizados en el Hospital Gregorio Marañón», ya que en julio de 2018 la paciente tenía «una analítica negativa para VIH».
Además, este informe asegura que los resultados «de la carga viral y del recuento de linfocitos CD4, los sitúan en la primera parte de la evolución de la infección. Haciendo mucho más probable el contagio hospitalario», y descartándose la sospecha de infección transmitida por transfusión.
Dado que entre agosto y noviembre de 2018 se habían registrado cinco contagios del virus de hepatitis C (VHC) durante pruebas de TAC con contraste realizadas de forma consecutiva en un mismo día en el Gregorio Marañón, se solicitaron las pruebas analíticas de todos los pacientes sometidos a un TAC con contraste los días 17 y 18 de septiembre de 2018.
El resultado alertó de que se habían detectado «tres pacientes VIH positivos», uno el día previo al TAC de la demandante y otro el mismo día, los cuales, según el informe pericial, «tienen más probabilidad de haber sido la fuente de contagio» y, en consecuencia, «la causa directa» estaría «en la asistencia realizada en el Hospital Gregorio Marañón».
Por ello, y aunque un informe del Servicio de Medicina Preventiva del hospital indicaba que ninguno de estos pacientes coincidió «en la misma sala y turno» que la afectada, «el reconocimiento de fallos en los procedimientos de trabajo (que determinaron el brote de contagio de hepatitis C) llevan a considerar plausible la hipótesis de que la demandante se contagió como consecuencia de esta prueba», según la sentencia.
«Procede estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación» de la reclamación por importe de 400.000 euros por el contagio hospitalario de VIH y causación de esta enfermedad durante la asistencia recibida en el Hospital Gregorio Marañón, y se fija una indemnización de 150.000 euros.