El Gobierno desconoce cuántas personas se han cambiado de sexo debido a la ley trans
El único dato que ofrece el Ministerio de Justicia es el de 2022, cuando 1.306 personas acudieron al Registro Civil para iniciar la tramitación de cambio
La ley trans que impuso el Ministerio de Igualdad impulsado por Irene Montero sigue dando que hablar. Casi seis meses después desde su entrada en vigor, el Gobierno no tiene datos de cuántas personas se han cambiado de género en el Registro Civil, según adelanta el periódico The Objective.
La resolución de transparencia remitida a The Objective explica de forma tajante que «no disponen de esos datos». Tras estas palabras, el documento, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dirigida por Sofía Puente Santiago, apunta que «las solicitudes de rectificación registral de la mención relativa al sexo se presentan ante la persona encargada de cualquier Oficina del Registro Civil».
Asimismo, la directora ha apuntado en la nota que «la información de la que dispone este Centro Directivo es la relativa al número de inscripciones practicadas en los Registros Civiles relativas al cambio registral de la mención relativa al sexo, que consta en las bases de datos Inforeg y Dicireg». Acto seguido adjuntan un gráfico con los datos del 2004 al 2021, donde se ve un gran aumento de personas disconformes con su género.
Sin embargo, el Ministerio de Pilar Llop publica un dato que hace referencia al año 2022. En ese año el número de personas que acudieron al Registro Civil para iniciar la tramitación de cambio de sexo fue de 1.306, 215 más que en el año anterior. No obstante, no especifica ningún dato más, por lo que no se sabe cuántas personas han acudido este año al registro.
Procedimientos a seguir para el cambio
Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), toda persona de nacionalidad española mayor de 16 años tiene el derecho a acudir al Registro Civil más cercano y solicitar la información necesaria para iniciar el proceso de cambio de género.
Una vez se realice la pregunta, los funcionarios deberán ofrecer un formulario de disconformidad de sexo y la persona interesada deberá rellenarlo marcando el género con el que quiere identificarse. Al terminar esto, el trabajador debe informarle de todos los puntos importantes, así como las consecuencias jurídicas que supone el cambio –haciendo hincapié en que el cambio es irreversible–.
Tras esto, en un plazo de tres meses desde la primera visita, el Registro Civil debe citar de nuevo al interesado para asegurarse de que sigue adelante con el proceso. Si la respuesta es afirmativa, un mes después –cuatro meses desde la primera visita– el género se habrá cambiado.
Si después de todo el proceso alguien se arrepiente, deberá esperar otros seis meses para revertir el cambio de sexo. Para ello, deberá dirigirse a la Justicia y conseguir una resolución que lo autorice. Con ello se trata de evitar un posible fraude de ley.