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Un perro de la raza Jack Russel Terrier en LeónRodrigo Díez

El Gobierno desatasca la ley de bienestar animal 16 meses después de su aprobación: ¿es obligatorio el curso para dueños?

Despega, por fin, el desarrollo de los reglamentos y el Ministerio de Derechos Sociales envía a las comunidades un borrador del real decreto

El 29 de septiembre del año pasado entró en vigor la polémica ley de bienestar animal, aunque lo hizo a medio gas debido a la falta de reglamentos que regulasen muchos de sus puntos. La obligatoriedad de realizar un curso para los dueños o de tener un seguro de responsabilidad civil son dos de los que están en el aire desde hace 10 meses.

El gobierno de la legislatura anterior, con Ione Belarra como responsable del ministerio y Sergio García Torres como director general de Derechos de los Animales, tenía preparados los borradores de los reglamentos, pero el adelanto electoral paralizó el proceso y el sucesor de este último, José Ramón Becerra, decidió desecharlos y empezar de cero para intentar contar con el beneplácito de todas las partes.

A García Torres se le acusó desde varios sectores de falta de diálogo, algo que Becerra ha querido cambiar. Por ello, casi un año después, el ministerio que ahora dirige Pablo Bustinduy ha remitido ya a las comunidades autónomas un borrador del real decreto que desarrolla los 25 artículos de la ley, ya que mantiene varios aspectos relevantes pendientes de desarrollo reglamentario.

Según informa Efe, dicha propuesta será expuesta el próximo 17 de julio en una reunión técnica con los gobiernos autonómicos, que podrán presentar cambios al texto hasta el 31 de agosto.

Curso y seguro para perros

Uno de los puntos que más preocupaban a los dueños era el de realizar un curso de tenencia. Lo que se plantea ahora es dar «un plazo de seis meses desde la publicación de dicho real decreto a partir del cual será obligatorio el curso de tenencia de perros», que no se exigirá a los dueños actuales, quedando exentos del mismo los veterinarios y los profesionales del comportamiento.

Además, el propietario del animal deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura de 100.000 euros. Este seguro deberá estar activo durante toda la vida del animal, sin importar la raza. Se otorgará un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del real decreto para contratar dicho seguro. La propuesta también especifica que los seguros de hogar que cubran esta casuística serán considerados válidos.

De igual forma, el texto pretende luchar contra el abandono animal, de tal forma que las administraciones públicas se tendrán que hacer cargo provisionalmente de cualquier animal de compañía «confinado en un recinto abierto o en una finca que pueda encontrarse en situación de riesgo por no haber sido atendidas sus necesidades básicas por parte de la persona titular o responsable».

Esto significa que la autoridad local competente en cada territorio podrá trasladar al animal a un centro de recogida para que sea atendido de forma provisional mientras se tramita el procedimiento de abandono.

También se plantean registros de forma centralizada para criadores, núcleos zoológicos y entidades de protección animal. Estas figuras serán gestionadas por las comunidades autónomas para luchar contra el intrusismo profesional.

Perros potencialmente peligrosos

Otro de los puntos espinosos era el de los perros potencialmente peligrosos (PPP). Desde el ministerio se plantea que las razas que se incluyen en dentro de esta categorización puedan dejar de tenerla si el animal supera una prueba de aptitud a la que deberán someterse a los 12 meses de edad.

Según la propuesta, aquellos perros que no hayan superado la prueba y que, por tanto, se considerarían potencialmente peligrosos, tendrán prohibida su reproducción, salvo en ciertos casos.

Cabe recordar que la ley específica que regula los PPP data de hace un cuarto de siglo y establece que depende de «una tipología racial, carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula con capacidad de causar la muerte o lesiones». El listado de perros con esta consideración incluye las tipologías Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu, además de otras que han añadido las comunidades autónomas.