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Los dos progenitores deben dar el consentimiento para subir imágenes de los menores a redes socialesFoto de Tima Miroshnichenko/ Pexels

Redes sociales

¿Se pueden colgar fotos de un menor en redes si un progenitor no quiere?

El 89% de las familias españolas comparte, al menos una vez al mes, imágenes o vídeos de sus hijos en sus perfiles de redes sociales

Según datos de un estudio realizado por EU Kids Online y publicado por Qustodio, el 89 % de las familias españolas comparte al menos una vez al mes imágenes o vídeos de sus hijos y únicamente el 24 % pregunta a sus pequeños si están de acuerdo con esto.

El 'sharenting' o sobreexposición filial, la práctica llevada a cabo por los padres que usan las redes sociales para mostrar detalladamente la vida de sus hijos, se ha extendido mucho en los últimos años. De hecho, muchos famosos e 'influencers' suelen compartir todo sobre la vida de sus vástagos, incluso sus partos.

No obstante, compartir fotos de menores en Internet entraña peligros como el ciberacoso, el robo de datos, el abuso sexual online o la suplantación de identidad. Una vez que se publica el contenido se deja de tener control sobre él.

¿Es legal compartir imágenes de menores en redes sociales?

Según el reglamento europeo en materia de protección de datos, los tutores legales pueden publicar fotos de sus hijos sin el consentimiento de estos siempre y cuando sean menores de 14 años. Terceras personas tendrán que pedir permiso explícito a los progenitores para publicar una foto de los menores en sus redes sociales ya que, sin esta, podrían enfrentarse a diferentes sanciones.

En el caso de que los hijos sean mayores de 14 años es necesario el consentimiento expreso de estos.

¿Y qué ocurre en el caso de que un progenitor desee compartir imágenes de sus pequeños en Internet pero otro no?

¿Se pueden colgar fotos de un menor en redes si un progenitor no quiere?

En un principio se necesita el consentimiento de los dos progenitores. Como explica en su blog el despacho de abogados Odériz Echevarría, especializado en derecho de Familia y Civil, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo: «siempre que no medie el consentimiento de los padres o representantes legales de los menores con la ausencia del ministerio fiscal, la difusión de cualquier imagen de éstos ha de ser reputada contraria al ordenamiento jurídico».

En el caso de que no exista acuerdo sobre si es bueno o no compartir imágenes de los hijos en redes sociales, el progenitor interesado tendría que acudir a los juzgados para obtener la debida autorización.

Además, como explica este despacho de abogados, la custodia de los pequeños no otorga derechos especiales sobre estos por lo que no puede elegir sin el consentimiento del otro cómo o con quién se comparten los datos del menor.

En el caso de que los padres estén separados o divorciados, en el convenio regulador en el que se especifica el reparto de bienes y la relación de cada progenitor con los hijos en el caso de que los hubiera, pueden especificarse estos temas de manera expresa para evitar problemas.