La Justicia europea anula una multa de 1.490 millones a Google por abusos con AdSense
La Comisión Europea a Google impuso una multa en 2016 por abuso de posición dominante a través de su plataforma de publicidad
El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado la decisión de la Comisión Europea que imponía una multa de casi 1.500 millones de euros a Google. Si bien el tribunal respaldó la mayoría de las conclusiones de la Comisión, decidió que ésta no consideró adecuadamente todas las circunstancias relevantes en su evaluación sobre la duración de las cláusulas contractuales que consideró abusivas.
El caso se remonta a 2003, cuando Google lanzó su plataforma de publicidad AdSense, que incluía un servicio de intermediación de anuncios llamado AdSense for Search (AFS). A través de AFS, los editores de sitios web con motores de búsqueda integrados podían mostrar anuncios relacionados con las consultas de los usuarios, generando ingresos compartidos con Google. Sin embargo, los acuerdos de servicio con Google (GSA) incluían cláusulas que restringían o prohibían a los editores mostrar anuncios de servicios competidores.
Primera queja en 2010
En 2010, una empresa alemana presentó una queja ante la Oficina Federal de Carteles de Alemania, que posteriormente fue transferida a la Comisión Europea. A partir de ese momento, otras empresas como Microsoft, Expedia y Deutsche Telekom también presentaron denuncias. En 2016, la Comisión inició una investigación centrada en tres cláusulas de los GSA: la cláusula de exclusividad, la cláusula de ubicación y la cláusula de autorización previa. La Comisión consideró que estas cláusulas podían obstaculizar la competencia. Aunque Google modificó o eliminó estas cláusulas en septiembre de 2016, la Comisión impuso una multa de 1.494 millones de euros en marzo de 2019 por abuso de posición dominante en el mercado de intermediación de publicidad de búsqueda en línea.
El Tribunal General ha concluido que la Comisión cometió errores al evaluar la duración de estas cláusulas
No obstante, el Tribunal General ha concluido hoy que la Comisión cometió errores al evaluar la duración de estas cláusulas y el impacto en el mercado en 2016. Según el tribunal, la Comisión no demostró que estas cláusulas hubieran impedido a los editores recurrir a intermediarios competidores de Google, ni que hubieran bloqueado una parte significativa del mercado publicitario en el Espacio Económico Europeo (EEE).
Duración de los contratos
Además, el tribunal criticó a la Comisión por no haber considerado la duración individual de los contratos con los editores, algunos de los cuales solo duraron unos pocos años, incluso si fueron renovados posteriormente. También señaló que la Comisión no verificó si los editores tenían la posibilidad de negociar con los competidores de Google al renovar o extender esos contratos.
En consecuencia, el Tribunal General anuló la decisión de la Comisión en su totalidad, al no probar que las cláusulas identificadas hubieran perjudicado la innovación, mantenido la posición dominante de Google o afectado a los consumidores.