Rosa Peral reclama 30 millones a Netflix por 'El cuerpo en llamas'
La expolicía, condenada a 25 años de cárcel por el conocido crimen de la Guardia Urbana, reclama esa cantidad por la vulneración de sus derechos y los de su hija
La expolicía Rosa Peral, condenada a 25 años por asesinato en el llamado «crimen de la Guardia Urbana», reclama a Netflix y a la productora de la serie de El cuerpo en llamas cerca de 30 millones de euros por vulneración de sus derechos y los de su hija. En la demanda presentada por la exagente de la policía municipal de Barcelona ante el juzgado de primera instancia de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), considera que Netflix y la productora Arcadia han vulnerado los derechos al honor, a la propia imagen y a la intimidad tanto de ella como de su hija.
Según ha avanzado este lunes El Periódico y ha confirmado a EFE la letrada de Rosa Peral, Núria González, la expolicía pide 26,5 millones de euros para su hija -1 euro por el número de horas que se ha reproducido la serie- y 2.600.000 euros para ella -10 céntimos por hora-.
La demanda afirma que la serie va más allá de los hechos probados en la sentencia, pese a que la ficción sostiene que está basada en hechos reales.
La sección 19ª de la Audiencia de Barcelona estimó el recurso de Peral contra el juzgado de Vilanova i la Geltrú, al considerar que la demanda que presentó para que se suspendiera cautelarmente el estreno de la serie El cuerpo en llamas en Netflix debió haberse tramitado.
El juzgado la desestimó al considerar que no había presentado el depósito que se requiere para plantear acciones judiciales de este tipo.
La letrada recurrió la decisión, al alegar que Peral no podía presentarlo porque está en prisión y tiene pendiente pagar 800.000 euros de indemnización por el asesinato de su expareja, también agente del cuerpo y al que mató junto a un compañero, con quienes conformaba un triángulo amoroso.
La Audiencia de Barcelona dio finalmente la razón a la abogada de Peral, con el argumento de que las demandas solo deben ser inadmitidas a trámite «de modo excepcional y cuando la ley así lo establezca de modo expreso».
El tribunal consideró que el juzgado de primera instancia debió decidir primero si procedía la adopción de las medidas cautelares que planteaba Peral, sin escuchar los argumentos de Netflix, y posteriormente convocar a las partes a la preceptiva vista para discutir las alegaciones relativas al tipo y cuantía del depósito.