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Silvia Intxaurrondo, en La Hora de la 1

Televisión

Intxaurrondo pierde la batalla judicial por la revelación de su sueldo de 570.000 € en TVE

La Justicia ha emitido el fallo de la demanda y finalmente la presentadora deberá pagar las costas del proceso judicial

Silvia Intxaurrondo ha recibido un revés judicial después de que se haya desestimado su demanda contra Joaquín Manso, director de El mundo y Unidad Editorial, por las informaciones publicadas el pasado mes de marzo en las que informaba de que «RTVE renovó a Silvia Intxaurrondo por 537.000 euros el mismo día de su dura entrevista a Alberto Núñez Feijóo». El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Madrid asegura que los ataques de Intxaurrondo contra el diario, a quienes acusó de publicar «falsas noticias» en varios mensajes en su cuenta personal de la red social X, antes Twitter, no se corresponden con la verdad.

La vista oral se celebró el pasado miércoles y, dos días después, el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid dictó sentencia, concluyendo «no haber lugar a la rectificación solicitada en la demanda» y condenando en costas a Intxaurrondo por falta de fundamento en su pretensión.

«Estos datos de la entidad pública, no cuestionados ni sobre los que exista prueba en contrario, son coincidentes con los del contrato final y constan también en el propio documento interno de RTVE aportado por la demandante en el juicio sobre las fechas de modificaciones del contrato, en el que en la fecha del día siguiente [a la entrevista con Feijóo], 18 de julio, se confirma la solicitud de contratación», se lee.

Además, que «en los complementos posteriores a la noticia se indicó que en esa fecha se había iniciado el expediente de renovación del contrato, sin que se indique en ningún momento que se firmara el mismo». Es decir, la fecha de la entrevista con Feijóo se corresponde exactamente con el momento del acuerdo de voluntades entre las dos partes».

«La demandante pretende que se rectifique el importe por otro que no cuantifica, sino que solo mantienen que es inferior, por lo que es evidente que tampoco en este caso se puede constar la existencia de una información errónea que deba ser rectificada», sentencia la magistrada.

De esta forma, rechaza la acusación de la periodista de que las fechas del contrato estuvieran incorrectamente reflejadas, asegurando que la documentación presentada demuestra que la negociación y el acuerdo de voluntades entre RTVE e Intxaurrondo se produjeron en la fecha indicada en la noticia. Además, la juez ha condenado a la presentadora a abonar las costas judiciales al considerar que su demanda carecía de fundamento.

Tras onocerse el fallo, Intxaurrondo utilizaba su cuenta de X para responder a El Mundo, afirmando que el diario «miente de nuevo» y les acusa de «vender como triunfo lo que en realidad no es más que la evidencia de su mala praxis ya habitual». Además, adjunta un fragmento de la sentencia en la que se puede leer: «Habiéndose rectificado voluntariamente la información, completando la misma con la fecha de firma del contrato y con el detalle de la forma de pago dependiendo del número de los programas realizados, no procede una nueva rectificación».

«Resumiendo: la jueza, no yo, afirma que El Mundo ha 'rectificado', 'completando', 'CORREGIDA' y 'aclarada' su información a lo largo de 4 días y por ello no admite lo que ella considera una 'nueva rectificación'», escribe la periodista, que sentencia, a continuación: «Lejos de avergonzarse, El Mundo pretende vender como triunfo lo que en realidad no es más que la evidencia de su mala praxis ya habitual».