Fundado en 1910
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, interviene en una sesión plenaria, en el Congreso

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, interviene en una sesión plenaria, en el CongresoEuropa Press

Economía  Así será el nuevo sistema de cotización de autónomos aprobado por el Gobierno

Los autónomos tendrán la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al año, para adaptar su cotización a las previsiones de ingresos en cada época del año

El nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, que contará con un periodo de transición de nueve años, hasta 2032, comenzará a aplicarse a partir de enero de 2023 con 15 tramos de cuotas que irán desde los 230 euros hasta los 500 euros y variarán hasta 2025, en función de los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia.

Las disposiciones adicionales del decreto especifican que, pasados los tres años para los cuales está prevista la aplicación de los tramos, los interlocutores sociales tendrán que pactar los tramos para los próximos años, hasta 2032.

Nuevas cuotas

El primer tramo comienza con una cuota de 230 euros en 2023 para los autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros. En 2024, la cuota bajará a 225 euros y se reducirá a 200 euros en 2025.

El segundo tramo incluirá a los trabajadores por cuenta propia con rendimientos netos superiores a 670 euros e inferiores o iguales a 900 euros. En este caso, la cuota será de 260 euros en 2023, de 250 euros en 2024 y de 240 en 2025.

Para los autónomos con rendimientos netos mensuales por encima de 900 euros e inferiores a 1.166,70, la cuota del año que viene será de 275 euros. En 2024, pasará a 267 euros y en 2025, a 260 euros.

El cuarto tramo se aplicará a aquellos que ingresen a partir de 1.166,70 euros y menos de 1.300 euros. Para ellos, la cuota se mantendrá en 291 euros en los próximos tres años.

Los dos tramos siguientes son para los autónomos con rendimientos netos superiores a 1.300 euros e inferiores o iguales a 1.500 euros y por encima de 1.500 euros e inferiores o iguales a 1.700. En los dos casos, y durante los próximos tres años, la cuota será de 294 euros.

Aquellos autónomos con ingresos netos por encima de los 1.700 euros e inferiores o iguales a 1.850 euros se encontrarán en el séptimo tramo. Para ellos, la cuota inicial será de 310 euros, subirá a 320 en 2024 y ascenderá a 350 euros en 2025.

Los trabajadores por cuenta propia con rendimientos por encima de los 1.850 euros e inferiores o iguales a 2.030 euros, octavo tramo, pagarán una cuota de 315 euros en 2023, de 325 euros en 2024 y de 370 euros en 2025.

Tablas de cotización

  • Hasta 670 euros: de 230 euros a 200 en 2025
  • De 900 a 1.166,70 euros: 275 euros a 260 en 2025
  • De 1.166,70 euros a 1.300 euros: 291 euros en 2025
  • De 1.300 a 1.700 euros: 294 euros hasta 2025
  • De 1.700 a 1.850 euros: de 310 euros a 350 en 2025
  • De 1.850 a 2.030 euros: de 315 euros a 370 en 2025
  • De 2.030 a 2.330 euros: de 320 euros a 390 en 2025
  • De 2.330 a 2.760 euros: de 330 euros a 415 en 2025
  • De 2.760 a 3.190 euros: de 350 euros a 440 en 2025
  • De 3.190 a 3.620 euros: de 370 euros a 475 en 2025
  • De 3.620 a 4.050 euros: de 390 euros a 490 en 2025
  • De 4.050 a 6.000 euros: de 420 euros a 530 en 2025
  • Más de 6.000 euros: de 500 euros a 590 en 2025

En el noveno tramo, los autónomos con ingresos netos mensuales superiores a los 2.030 euros e iguales o inferiores a 2.330 euros tendrán una cuota de 320 euros el próximo año, de 330 euros en 2024 y de 390 euros en 2025.

Para aquellos con rendimientos netos de entre 2.330 euros y menos o igual a 2.760 euros al mes, la cuota será de 330 euros en 2023, 340 en 2024 y 415 en 2025.

En el tramo siguiente, aplicable a los autónomos que ingresen más de 2.760 euros pero menos 3.190 euros, la cuota será de 350 euros en 2023, 360 euros en 2024 y 440 euros en 2025.

Entre los rendimientos más altos, las cuotas también son más elevadas. Así, los trabajadores por cuenta propia que ingresen más de 3.190 euros netos al mes pero menos o igual a 3.620 euros abonarán una cuota de 370 euros en 2023, de 380 euros en 2024 y 465 euros en 2025.

A este tramo, le sigue el de los rendimientos netos mensuales de entre 3.620 euros e iguales o inferiores a 4.050 euros. En este caso, las cuotas aumentarán 100 euros en tres años e irán de los 390 euros en 2023, a los 400 euros en 2024 y los 490 euros de 2025.

El penúltimo tramo, se aplicará a los autónomos con rendimientos netos mensuales de más de 4.050 euros pero iguales o inferiores a 6.000 euros. Sus cuotas serán de 420 euros el próximo año, 450 euros en 2024 y 530 euros en 2025.

El último tramo será para aquellos que ganen más de 6.000 euros. En este caso, las cuotas partirán de los 500 euros en 2023, para subir a los 530 euros en 2024 y terminar en 590 euros en 2025.

Deducción de gastos

El nuevo sistema también atiende a otra de las peticiones de los autónomos, la deducción de gastos de difícil justificación, entre los que la Seguridad Social pone como ejemplo los ordenadores, el alquiler de locales o la compra de suministro. Esta deducción será del 7% para los autónomos y del 3% para los autónomos societarios.

De esta forma, un autónomo que presente unos ingresos medios de 900 euros y unos gastos por el ejercicio de su actividad de 185 euros tendrá unos rendimientos netos de 715 euros, resultado de la resta de los ingresos y los gastos.

De ese monto se podrá deducir un 7%, equivalente a 50,05 euros. Los rendimientos netos finales serían de 664,95 euros (715-50,05), por lo que el autónomo pagaría una cuota de 230 euros al mes, al encontrarse dentro del primer tramo, con rendimientos iguales o inferiores a 670 euros.

Cuota reducida por inicio de actividad

La tarifa plana del actual RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) se integra también en el nuevo modelo, aunque pasará a llamarse cuota reducida para los autónomos que inicien su actividad y será de 80 euros al mes durante doce meses para todos los nuevos autónomos.

Pasado ese periodo, esa cuota reducida solo se prorrogará para los autónomos que no hayan conseguido que sus rendimientos despeguen y sigan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el resto, se aplicará la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos.

comentarios
tracking