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Hay cinco preguntas básicas que se hacen los herederos ante un testamento

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Las cinco dudas más frecuentes a la hora de heredar

El fallecimiento de un ser querido provoca algunas preguntas como los impuestos o si hay testamento escrito

Heredar no es algo que suceda demasiadas veces en la vida. Tampoco es algo sobre lo que los españoles tengan un conocimiento preciso.

Desde Heritae, una empresa española dedicada la gestión de herencias, apuntan a las cinco preguntas más habituales que se hacen sus clientes cuando fallece un familiar.

Cómo saber si hay testamento

Es la primera gran pregunta. Si la persona fallecida hizo testamento en algún momento. Desde Heritae afirman que «esto facilitaría mucho las cosas porque solo habría que gestionar el legado según la última voluntad del familiar».

En el caso de no saberlo, los expertos de Heritae explican que «habría que pedir un certificado de últimas voluntades para saber si ha otorgado o no testamento». Este trámite se puede realizar en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Qué hacer si no hay testamento

En el caso de que el fallecido no haya dejado testamento o no sea válido, el reparto de la herencia se debe realizar con arreglo a lo que marca el Código Civil. Desde Heritae recuerdan que «hay que seguir las normas de la sucesión intestada, un principio que dicta que el reparto debe hacerse según instrucciones del testador, y solo en caso de su ausencia ha de acogerse a lo marcado en la Ley para el reparto de bienes».

La línea sucesoria es la de hijos y descendientes, hijos por derechos propio, ascendientes, padre y madre a partes iguales, cónyuge, hermanos y parientes y los hermanos.

Qué impuestos tengo que pagar

Heredar implica unos costes. La mayoría representan a los del impuesto de sucesiones, pero también hay que hacer frente a los de la plusvalía municipal si se heredan viviendas.

Los abogados de Heritae explican que «el impuesto de sucesiones está cedido a las comunidades autónomas y depende la última residencia del fallecido». En el caso de las ganancias patrimoniales, «la ley 35/2006 establece que la plusvalía del fallecido no tributa en el IRPF al estimarse que no existe ganancia o pérdida patrimonial».

En el caso de las viviendas, «hay que hacer frente al impuesto de sucesiones y donaciones y al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana».

Los planes de pensiones del fallecido no tributan hasta que los herederos «decidan rescatarlos».

Tramitar una herencia cuando aún vive el cónyuge

Cuando fallece una persona, el cónyuge tiene una serie de derechos hereditarios que deben ejecutarse. Desde Heritae recuerdan que «es heredero legitimario y la legitima siempre es el usufructo en este caso».

«Hay casos particulares, por ejemplo, si existen descendientes el cónyuge tiene derecho al usufructo del tercio de mejora; si no existen descendientes, al usufructo de la mitad de la herencia; no existen descendientes ni ascendientes, a dos tercios», detallan desde Heritae.

Cómo recuperar el dinero del banco

Otro proceso complicado a la hora de recibir una herencia. Las cuentas bancarias del fallecido pueden ser del conocimiento de los herederos o «se puede pedir un certificado de posiciones a Hacienda».

Para disponer del saldo «hay que contar con la autorización de todos los herederos si solo hay titular, pero si son varios hay que comprobar si es una cuenta conjunta o indistinta». En el primer caso necesitarán la firma de todos y en el segundo cualquier titular podrá disponer de los fondos.

El banco necesita conocer quién tiene derecho a la herencia por lo que «debe estar repartido el legado, aunque en esa cuenta se podrán seguir pagando recibos».