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Ejercicio de la renta 2023

Plazos

Hacienda avisa la fecha del segundo pago de la Declaración de la Renta

Es muy importante cumplir con los plazos que establece Hacienda para evitar sanciones o recargos por demora

Desde la Agencia Tributaria han recordado que el plazo para poder realizar el segundo pago de la declaración de la Renta 2022 finaliza el próximo 6 de noviembre de 2023. Este, afecta a aquellos contribuyentes que les salió el resultado a pagar y optaron por fraccionar el importe a ingresar en dos partes, un 60% en el momento que se presenta la declaración y el 40% restante antes del 5 de noviembre.

Para poder realizar el pago correctamente, se podrá utilizar el número de referencia que se obtuvo cuando se presentó la declaración, también se puede consultar al acceder al portal Renta Web. Otra de las formas es domiciliar el pago en una cuenta bancaria o acudir a una entidad bancaria colaboradora con el documento de ingreso.

La Agencia Tributaria ha recomendado a los contribuyentes que no dejen pasar el plazo, ya que se les podrían aplicar recargos e intereses de demora. Asimismo, advierten que si se ha domiciliado el pago, será necesario tener el saldo suficiente para efectuar el cargo. Por el contrario, se considerará que no se ha llevado a cabo correctamente.

Hasta cuando se puede pagar

La opción más sencilla de todas es el pago único, que se pudo realizar desde el momento de la presentación hasta el 30 de junio. Por otra parte, existe el pago fraccionado, que permite dividir el importe total en dos plazos sin intereses ni recargos (es la opción aparece marcada por defecto en el programa Renta Web). Dentro de ella se puede escoger entre domiciliar el pago o hacerlo de manera electrónica.

Además de las dos opciones, aquellos que tengan problemas para pagar la declaración podrán pedir otras formas de fraccionamiento o aplazamiento a Hacienda, pero estas no son automáticas y requieren de una aprobación previa. En estos casos, se aplicará un interés fijo del 3,75% sobre la cantidad adeudada y se deberá presentar una garantía si la deuda supera los 30.000 euros.

Cumplir con los plazos evita sanciones o recargos por demora, ya que si se presenta fuera de plazo, se aplicará una multa del 5% sobre la cantidad a ingresar durante los tres primeros meses, del 10% entre los tres y los seis meses, del 15% entre los seis y los doce meses y del 20% a partir del año.