¿Hasta qué edad es posible cobrar la pensión de orfandad de la Seguridad Social?
Aquellas personas que pierden a uno o a ambos progenitores tienen derecho a percibir una pensión siempre que se cumpla con una serie de requisitos
La prestación de orfandad es aquella que se concede con el objetivo de proteger la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento de uno o los dos progenitores. Está dirigida especialmente a los más jóvenes, los cuales se quedan desamparados cuando desaparece la persona que les mantenía. No obstante, existen excepciones. Es por eso que surgen las dudas: ¿hasta cuándo es posible cobrar la pensión de orfandad?
La pensión de orfandad es concedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y forma parte de las pensiones que denomina la administración como ayudas «de muerte y supervivencia». Para cobrarla es necesario cumplir con una serie de requisitos.
Requisitos para percibir
El causante de la generación de esta prestación es la persona fallecida, cuya muerte origina el derecho a recibir esta ayuda. Si su fallecimiento tuvo lugar antes del 1 de enero de 2008, es necesario demostrar un periodo de cotización, el cual cambia según la situación laboral del fallecido y la causa de la muerte:
- A los pensionistas no se les exige periodo de cotización.
- En situación de no alta deben haber cotizado 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- En alta o situación asimilada al alta, 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
En el caso de que el fallecimiento sea posterior al 1 de enero de 2008 y el fallecido se encontrara en situación de alta o asimilada al alta, no se exigiría período previo de cotización.
Tampoco se exige período de cotización cuando la muerte se produce por un accidente o enfermedad profesional.
La cuantía de la prestación se calcula aplicando el porcentaje del 20 % a la correspondiente base reguladora, la cual varía dependiendo de la situación laboral del fallecido y las causas de la muerte.
¿Hasta que edad puede percibirse la pensión?
Tal y como se explica en el portal de la Seguridad Social, con carácter general la prestación finaliza al cumplir los 21 años, excepto cuando a esa edad se presentara un alto grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
No obstante, en el caso de que solo existiese un progenitor, si el huérfano no trabaja o sus ingresos son inferiores al SMI (1.080 euros al mes), el derecho termina con el cumplimiento de los 25 años.
Cuando estamos ante un caso de orfandad absoluta, es decir, ambos progenitores han fallecido, si el huérfano no trabaja o sus ingresos son inferiores al SMI, el límite son los 25 años. Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión de orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al de inicio del siguiente curso académico.
No obstante, es importante puntualizar que a partir de los 45 años, siempre que se demuestre que el hijo abandonara el mercado laboral para dedicarse exclusivamente al cuidado de los padres, también se tendrá derecho a esta pensión hasta alcanzar la edad de jubilación.