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El gasto en pensiones alcanza la cifra récord de 10.943 millones, un 6,15 % más

El SEPE asume la aportación empresarial

Pensiones

Cómo afecta a tu pensión de jubilación haber estado en paro

Cuando una persona está percibiendo esta ayuda, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el que ingresa las cotizaciones correspondientes

La pensión de jubilación es una de las prestaciones económica vitalicias que se conceden a los trabajadores en el momento que dejan de trabajar. La ayuda en sí, sustituye los «ingresos del trabajo por una pensión vitalicia cuando el trabajador, por su edad, deja de trabajar total o parcialmente», aclara la Seguridad Social en su página web.

Asimismo, para poder ser beneficiario de esta prestación, en su modalidad contributiva se debe tener 66 años y cuatro meses de edad en 2023 o 65 si se tiene cotizados al menos 37 años y nueve meses. La otra de las condiciones es haber cotizado un mínimo de 15 años, dos de ellos en los últimos 15 años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación.

En el caso de que se cumplan con estos requisitos, llega el momento de calcular la pensión, que se hace aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años que haya cotizado la persona y, si existiera, el porcentaje adicional por la prolongación de la vida laboral.

¿Se sigue cotizando al cobrar el paro?

Mientras la persona se encuentre cobrando la prestación contributiva por desempleo, sí se seguirá cotizando para la jubilación con una base igual o parecida a la que teníamos mientras trabajábamos. Por otro lado, también cotizará por el resto de contingencias comunes.

Tal y como establece la Ley General de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresa durante este tiempo las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social, asumiendo la aportación empresarial y descontando de la cuantía de la prestación la aportación que corresponde a dicho trabajador.

Es decir, la cotización se hace en forma de cuotas y correrá a cargo del SEPE y del propio desempleado, ya que la parte que le corresponde pagar se deduce de la prestación que cobra. O lo que es lo mismo, aunque estemos cobrando el paro, seguiremos cotizando y sin tener que hacer ningún trámite extra.

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