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Pasajeros en el aeropuerto Adolfo Suárez de Madrid.

Pasajeros en el aeropuerto Adolfo Suárez de MadridMarta Fernández / Europa Press

¿Qué puedo hacer si cancelan mi vuelo en la semana de Reyes?

Los sindicatos de Iberia convocan huelga los días 5, 6 y 8 de enero

En plenas fechas navideñas y de Reyes, los sindicatos de UGT y CCOO han convocado, finalmente, tres jornadas de huelga en Iberia. La huelga se debe a que la compañía parece no aceptar la creación del autohandling (servicio en tierra prestado por la propia compañía) en aquellos aeropuertos en los que perdió este servicio luego del concurso convocado por Aena, la empresa pública del país que se encarga de todas estas instalaciones.

Ambos sindicatos anunciaron en un inicio que los paros se producirán los días 29, 30 y 31 de diciembre y 1, 4, 5, 6, y 7 de enero (días cruciales por el fin de año y Reyes). Finalmente serán los días 5, 6 y 8 de enero.

Según comunicados de los dos sindicatos, ambos han tenido reuniones con Iberia e IAG, este último siendo el grupo al que pertenece la compañía española junto con otras aerolíneas como British Airways, Vueling y Aer Lingus. El holding sigue sin aceptar la creación del autohandling, que de servicio a todas las aerolíneas del grupo en aquellos aeropuertos en los que no se obtuvo licencia.

Estas decisiones podrían afectar los viajes de millones de personas, que buscan pasar estas fechas junto con sus familias y amigos. Por ello, distintas organizaciones de consumidores como la Organización de Consumidores y usuarios (OCU) y Facua-Consumidores en Acción han alertado al público de que estén atentos a la situación. Asimismo, han proporcionado información sobre que hacer en caso de que su vuelo se cancele.

Facua, además, ha agregado que las compañías no se pueden negar a indemnizar a los pasajeros, ya que la huelga de los trabajadores no entra dentro de las «circunstancias extraordinarias» que eximen las compensaciones, según lo que determina el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) desde el 2018.

Según la información proporcionada, lo primero que se debe hacer para no tener que ir hasta el aeropuerto es comprobar el estado del vuelo en la página web de la compañía o en la de Aena. En caso de que salga como cancelado, no será necesario ir hasta el aeropuerto. Sin embargo, puede ocurrir que el vuelo aparezca sin ninguna incidencia, pero que al llegar al aeropuerto este esté cancelado.

Embarque de mercancías en un avión de Iberia

Embarque de mercancías en un avión de Iberia

En caso de que el vuelo esté cancelado, para reclamar a la compañía alguna compensación o indemnización se debe solicitar por escrito directamente a la aerolínea. Esto se puede hacer a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto. En el reclamo deberá haber constancia de las circunstancias, la fecha y de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.

Por ello, es fundamental conservar toda la información relacionada con el vuelo, como la tarjeta de embarque, billetes, posibles gastos ocasionados por la cancelación, como alojamiento o comida. También es recomendable solicitar un certificado de cancelación a la aerolínea.

En cuanto a si se califica o no para una indemnización, el Reglamento Europeo 261/2004 establece una serie de compensaciones en caso de cancelación de los vuelos. El artículo 7 del reglamento recoge que los pasajeros recibirán una compensación de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros. Para los intercomunitarios de más de 1.500 kilómetros, la compensación será de 400 euros. Y para el resto, entre 1.500 y 3.500 kilómetros, la compensación será de 600 euros.

No obstante, este artículo indica que estas compensaciones también se pueden reducir hasta un 50 % en el caso de que se ofrezca un transporte alternativo al pasajero, con una diferencia de hora de llegada (con respecto al vuelo inicial), de no más de dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos.

Finalmente, hay casos en donde la aerolínea no compensará, por ejemplo, si avisa con al menos dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista. También si se informa de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista, y se ofrece un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación.

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