¿Es necesario dar de alta a un alumno en prácticas no remuneradas?
Dichos períodos se computarán como cotizados para la generación de futuros derechos como, por ejemplo, una posible pensión
Desde el pasado 1 de enero, todos los alumnos que realices prácticas formativas, estén remuneradas o no, tendrán que estar incluidos en el Sistema de Seguridad Social. De esta manera, los estudiantes cotizarán por este periodo formativo y podrán acogerse a la protección del sistema.
El objetivo principal es mejorar y ampliar los derechos de los alumnos, incluyéndolos en el sistema de Seguridad Social. Esto permite que empiecen una carrera de cotización y que estén cubiertos por la acción protectora de la Seguridad Social mientras realizan las prácticas.
Se favorece así a los estudiantes, y en concreto a los más jóvenes, fortaleciendo su conexión con la Seguridad Social e incentivando su formación.
Esto supone la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de todos los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas, tanto si son retribuidas como si no. Las prácticas que están incluidas son:
- Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.
- Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral.
- Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
Los alumnos tendrán cotizados los períodos en que estén realizando prácticas. Esto implica que dichos períodos se computarán como cotizados para la generación de futuros derechos como, por ejemplo, a la hora de solicitar una posible pensión.
Además, los alumnos podrán beneficiarse de la protección que ofrece la Seguridad Social mientras realicen las prácticas. Así, estarán protegidos, por ejemplo, en caso de accidente.
Alta de los alumnos
Los responsables de dar de alta y de baja a los alumnos, y de cumplir las obligaciones que se generen con la Seguridad Social son las Universidades, las empresas y los centros formativos.
Para poder darse de alta en el sistema de la Seguridad Social, será necesario que el alumno tenga asignado un número de la Seguridad Social (NUSS). Este número es el que lo identifica en sus relaciones con la Seguridad Social.
Es posible que el alumno ya tenga un NUSS asignado previamente, por ejemplo si ha trabajado con anterioridad o ha estado cubierto por el seguro escolar. Si no lo tuviese, la empresa, institución, entidad o centro formativo que deba cumplir con las obligaciones de Seguridad Social debe solicitar este número.