Diez cosas que debes saber antes de presentar la declaración de la renta 2023-2024
El plazo suele comenzar a principios de abril y terminar a finales de junio
Conforme se acerca el plazo de presentación de la declaración de la renta, nos preguntamos qué cuestiones nos hará falta tener en cuenta. Debajo podéis ver algunas de las más importantes.
¿Quién debe presentarla?
1. Todos los trabajadores por cuenta propia y ajena que hayan percibido ingresos del trabajo de más de 22.000 euros durante el ejercicio anual procedentes de un único pagador o 14.000 euros de varios pagadores. En este caso, la suma de los ingresos percibidos por el segundo y el resto tienen que superar los 1.500 euros al año.
Aquellos contribuyentes con un rendimiento de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a rendimientos o plusvalías por encima de 1.600 euros brutos anuales.
¿Cuáles son los plazos?
2. El plazo para presentar la declaración de la renta suele comenzar a principios de abril y terminar a finales de junio, aunque cada año puede variar. La declaración que se presenta este año hace referencia al ejercicio de 2023 y, en función de la forma de presentarla, los plazos de inicio varían:
3. Por Internet: El servicio telemático es el primero en estar disponible, a partir del miércoles 3 de abril.
4. Por teléfono: desde el 29 de abril hasta el 28 de junio se podrá solicitar una cita previa para confeccionar y presentar la declaración de manera telefónica. Se puede pedir por Internet, en los números 91 535 73 26 y 901 12 12 24 (servicio automático las 24 horas), o de lunes a viernes, de 9.00 a 19.00, en el 91 553 00 71 y 901 22 33 44 (atención personalizada). El 7 de mayo empezará a prestarse el servicio.
5. De manera presencial: el día 29 de mayo y hasta el 28 de junio se inicia el plazo para pedir atención presencial en una de las oficinas del organismo, el cual comenzará a darse el 3 de junio.
6. Con independencia del canal elegido, la campaña termina para todos el 1 de julio. Si el resultado es a ingresar, el plazo límite para domiciliar el pago es el 27 de junio, tres días antes del fin de la campaña.
Novedades más importantes este año
7. Las principales novedades este año vienen condicionadas por los nuevos tramos para la declaración del IRPF 2023, que son los siguientes:
Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19 %.
Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24 %.
Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30 %.
Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37 %.
Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45 %.
Más de 300.000 euros: retención del 47 %.
8. Hay nuevas deducciones para este ejercicio correspondientes a los siguientes conceptos:
Deducción de hasta el 15 % en la compra de vehículos eléctricos (desde el 30 de junio de 2023).
Deducción de hasta el 60 % en obras de rehabilitación de vivienda, una deducción que ya estaba vigente y que se amplía para el próximo año fiscal.
Se amplía la cobertura de las deducciones por maternidad (1.200 euros, que pueden ampliarse por gastos de guardería a otros 1.000 euros).
Deducción para autónomos con trabajadores a cargo, de hasta el 10 % en la cuota íntegra, por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial (rentas inferiores a 27.000 euros).
9. Quedarán exentos de tributar, con un límite máximo de 60.100 euros anuales, quienes lleven a cabo trabajos para empresas del extranjero. La deducción solo podrá hacerse si el territorio donde se desempeñan los trabajos aplica un impuesto similar al IRPF y no se trata de un paraíso fiscal.
10. Deducciones de entre el 10 % y el 80 %, dependiendo del capital aportado, en donaciones a ONG. Igualmente se pueden desgravar el 20 % de las donaciones a partidos políticos (hasta 600 euros) y a sindicatos o colegios profesionales (hasta 500 euros).