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Varias personas esperan en una oficina de la Agencia TributariaEuropa Press

Multas

Las posibles sanciones si no se entrega la declaración de la Renta

Las peores situaciones tienen lugar cuando se combina la presentación tardía de una declaración con resultado a pagar

Resta menos de un mes para que termine la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. Desde que comenzó el pasado 3 abril, se encuentra habilitado tanto el portal web, como la asistencia telefónica y presencial. A su vez, el 1 de julio será la fecha límite para hacerlo por cualquiera de los canales mencionados.

En la actualidad, muchos de los contribuyentes no saben que pasar por alto esta obligación puede resultar en diferentes multas, sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria. Asimismo, estas pueden ir variando en función del resultado de la declaración, ya que puede salir a devolver o a pagar.

Generalmente, lo más conveniente es presentarla dentro de los meses establecidos para evitar una multa. No obstante, en el caso de no hacerlo, la cuantía de estas depende del tiempo de retraso desde que terminó el plazo de entrega, si la declaración resulta a pagar o a devolver, y si se subsana el error de forma voluntaria o a instancias de Hacienda.

Dentro de las consecuencias, la más leve es presentar voluntariamente una declaración que resulta a devolver, con una posible multa de 100 euros, reducible a 60 euros. Por otro lado, si la declaración a ingresar se presenta fuera de plazo, pero antes de un requerimiento, se aplica un recargo del 1% más un punto adicional por cada mes de retraso.

¿Cuánto supone la multa si no se presenta?

Otra situación es si Hacienda detecta la falta de declaración, donde la multa por una declaración a devolver es de 200 euros, reducible por pronto pago. Finalmente, si la declaración no se presenta, se inicia una comprobación y la sanción puede ser del 50% al 100%, aumentando al 150% en caso de fraude.

El proceso para poder presentar la declaración de la Renta fuera del plazo establecido es el mismo. En concreto, debes acceder al apartado de 'Renta Web' en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, seleccionar la sección de impuestos y luego IRPF.