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La economía sumergida en España

Sea cual sea la cifra, cualquier operación debe ser declarada

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Este es el límite para evitar investigaciones de Hacienda en las donaciones de padres a hijos

Dependiendo del tipo de bien que se decida donar y de la comunidad autónoma en la que residas en España, se tributará de manera distinta

Una donación es un acto voluntario en el que una persona o entidad entrega dinero, bienes o servicios a otra persona u organización sin esperar nada a cambio. De hecho, aunque actualmente se realizan con frecuencia para apoyar causas benéficas, ayudar a personas necesitadas o financiar proyectos, deben cumplirse ciertas condiciones para evitar problemas con Hacienda.

En este sentido, según ha explicado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), las donaciones deben ser declaradas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No obstante, al depender de las comunidades autónomas, se contemplan reducciones y bonificaciones en el pago del tributo cuando el traspaso de los bienes se produce en vida.

Asimismo, aunque existen diferencias entre regiones, estos beneficios suelen ser mayores cuando el traspaso se realiza entre padres e hijos, o cuando se transfiere, por ejemplo, una vivienda que constituya el hogar habitual del beneficiario. Hacienda es consciente de estas transacciones, por lo que es crucial cumplir con todos los requisitos establecidos por la normativa fiscal.

Concretamente, aunque uno de los requisitos para obtener beneficios fiscales es contar con una escritura pública, para realizar la donación basta con un documento privado. Por lo tanto, sea cual sea la cifra, cualquier operación debe ser declarada.

¿Cuál es el límite que se ha establecido?

Si la donación supera los 3.000 euros, los bancos deben notificar a Hacienda. Al realizar la donación, el receptor dispone de 30 días hábiles para abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Una vez transcurrido ese plazo, se puede liquidar el impuesto, pero con un recargo y una posible sanción.

infracciones

  • Leves: cuando no superan los 3.000 euros, implican una multa del 50% extra de la cantidad que no se ha pagado a Hacienda.
  • Graves: este porcentaje sube al 100%.
  • Muy graves: esa cifra sufre hasta el 150%, es decir, el triple de lo que se debía abonar en la liquidación original.

Finalmente, si decides no declarar que has recibido esta cantidad de dinero y Hacienda lo descubre sin que puedas justificar su origen, podría interpretarse como patrimonio no justificado. En ese caso, se te podría exigir tributar en el IRPF al tipo marginal, que en muchas comunidades autónomas de este país puede llegar hasta el 56%.

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