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MADRID, 21/05/2024.- La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Diaz durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, este martes en el Palacio de la Moncloa. EFE/ JJ GUILLÉN

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda DiazEFE/ JJ GUILLÉN

Fin al despido automático por incapacidad sobrevenida: el empleado tendrá un mes para decidir si sigue trabajando

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores para eliminar la referencia a la extinción automática

El Consejo de Ministros celebrado este martes ha aprobado el proyecto ley que elimina el despido automático por incapacidad permanente total.

El proyecto, que fue aprobado en primera vuelta el pasado 21 de mayo, modifica el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores para eliminar esa referencia a la extinción automática.

Con esta reforma, tal y como ha explicado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, «solo se extinguirá el contrato si la persona trabajadora así los solicita. Además, también podrá pedir una adaptación de puesto de trabajo o el cambio a otra vacante disponible, acorde a su perfil profesional y compatible con su nueva situación».

El texto aprobado también establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y, en su caso contrario, si son excesivos en relación con el salario medio, el tamaño y el volumen de negocio de la empresa.

El Ministerio ha destacado que la norma también se refiere a la posibilidad de que las personas trabajadoras requieran formación en prevención de riesgos laborales para su nueva situación.

Los servicios de prevención de riesgos laborales y la representación legal de los trabajadores colaborarán para determinar, en cada caso, los ajustes necesarios para adaptar el puesto a la nueva situación o para seleccionar otros puestos de trabajo.

Desde esa notificación del reconocimiento de la incapacidad permanente, el trabajador o trabajadora tendrá un mes para decidir si quiere seguir en su puesto. Será entonces cuando las empresas dispondrán de un plazo de tres meses para realizar las adaptaciones necesarias o el cambio de puesto de trabajo. Durante ese periodo, las personas trabajadoras percibirán el subsidio de Incapacidad Temporal para, según la ministra, «evitar vacíos de cobertura en la protección».

Además, ha añadido que se van a desplegar las medidas contempladas en el Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad para «reforzar el acceso de las personas con discapacidad al empleo y ensanchar sus derechos».

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