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La prestación por incapacidad permanente se concede cuando el trabajador ve reducida o anulada su capacidad laboral

La prestación por incapacidad permanente se concede cuando el trabajador ve reducida o anulada su capacidad laboral

Detalles

Estos son los casos en los que la Seguridad Social te quitará una parte de la pensión de incapacidad

Para poder percibir el complemento a mínimos, los pensionistas con incapacidad total o de cualquier otra clase tienen que acreditar que no superan el umbral de rentas

Una de las prestaciones de la Seguridad Social es la pensión por incapacidad. De hecho, además de cubrir la pérdida de ingresos cuando una persona no puede trabajar debido a una enfermedad o accidente, esta prestación da acceso a una pensión establecida por ley. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede retirar esta ayuda si se cumplen ciertas circunstancias.

En este sentido, cada grado de incapacidad conlleva una pensión diferente. Cuando esa cantidad está por debajo de la pensión mínima, es posible solicitar un complemento a mínimos. A su vez, este complemento cubre la diferencia entre la pensión de incapacidad y la pensión mínima establecida.

Como mencionamos anteriormente, el INSS puede interrumpir el abono de esta prestación si se produce una mejora significativa en la salud del pensionista que le permita reintegrarse al mercado laboral. No obstante, también existen otras circunstancias por las cuales la Seguridad Social podría retirar la pensión.

Motivos

El principal motivo por el que la Seguridad Social puede reducir la pensión de incapacidad por debajo del mínimo es el umbral de ingresos o renta. En concreto, en 2024, este umbral se establece en 8.942 euros para personas sin cónyuge o con cónyuge no a cargo, y en 10.430 euros para quienes tienen cónyuge a cargo. Si los ingresos superan esas cantidades, se perderá el complemento a mínimos.

La revisión de las pensiones de incapacidad permanente subraya la importancia de mantener actualizada la situación de salud de los beneficiarios y de asegurar que las ayudas proporcionadas se dirijan a quienes realmente las necesitan.

Por otro lado, el complemento a mínimos es una ayuda adicional que solo se aplica a los residentes en territorio español, por lo que se limita a quienes viven en España. Finalmente, todos los pensionistas deben acreditar que no superan el umbral de rentas de 8.492 euros anuales, presentando una declaración de ingresos. En caso de no presentar el documento, se perderá el derecho a cobrar el complemento.

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