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Varios antidisturbios participan en un desahucio en Carabanchel, Madrid.EP

Así agilizará los desahucios de okupas el «error injustificable» de Bildu y ERC

En el año 2023 se registraron 15.289 delitos de allanamiento o usurpación de viviendas

Un «error injustificable» de Bildu y ERC ha permitido sacar adelante una reforma del Código Penal que permitirá agilizar los desahucios de las okupaciones ilegales.

Fue la semana pasada durante una enmienda presentada por el PNV al proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia. Los nacionalistas vascos incorporaron una modificación de la ley de enjuiciamiento criminal para incluir los artículos 202 y 245 del Código Penal, correspondientes al allanamiento y usurpación de morada respectivamente, en el procedimiento abreviado, también conocido como juicios rápidos.

Aunque las formaciones independentistas se han mostrado tradicionalmente contrarias a los desahucios, la enmienda salió adelante gracias a este error junto con los votos de PP, Junts, UPN y CC. PSOE, Sumar, Podemos y BGN votaron en contra, mientras que Vox se abstuvo.

Gracias a esta enmienda se podrá agilizar el proceso de desahucio en ciertos casos gracias al procedimiento abreviado, un recurso para delitos que conllevan penas de prisión inferiores a cinco años y en los que se detiene al infractor durante la ejecución del mismo, como robos, hurtos o faltas contra la seguridad vial.

Tras la detención, la policía judicial tiene 72 horas para remitir al juez la documentación y este determinará si solicita diligencias urgentes o no. Una vez finalizadas las diligencias, el magistrado escuchará a las partes y, si piden juicio oral, tendrán cinco días para presentar sus escritos. A continuación, el juez pondrá fecha en un plazo máximo de quince días y dictará sentencia en un máximo de tres. Es decir, en menos de un mes desde la denuncia ya es posible tener una resolución judicial para llevar a cabo el lanzamiento, si procede.

El texto ya está en el Senado, que tendrá dos meses para debatir la propuesta, pero con la mayoría del PP en la Cámara Alta no parece que vaya a enmendar o vetar el proyecto. De hecho, el secretario de Organización de Podemos, Pablo Fernández, ya ha exigido al Gobierno que busque alguna medida legislativa para arreglar el desaguisado de Bildu y ERC.

Solo allanamientos y usurpaciones

La reforma no afectará a todas las okupaciones ni va a provocar la salida inmediata de las personas que se encuentren en la vivienda. En primer lugar, solo se aplica a los casos de usurpación y allanamiento, la entendida como ‘patada en la puerta’.

Además, en los casos de usurpación o allanamiento en los que se vean involucradas personas vulnerables, «el desalojo no será tan inmediato como parece, ya que los servicios sociales deberán intervenir, alargando los tiempos procesales», según explica José Ramón Zurdo, director de la Agencia Negociadora del Alquiler.

Según los datos del Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio de Interior, en el año 2023 se registraron 15.289 delitos de allanamiento o usurpación de viviendas, principalmente en Barcelona (4.610), Madrid (1.516) y Valencia (828). De estos, 11.426 casos, el 75 %, fueron esclarecidos.

Esta medida no se aplicará a las llamadas ‘inquiokupaciones’, una modalidad en la que los inquilinos dejan de pagar y no abandonan el inmueble, y que, según fuentes del sector, representa el 80 % de la okupación ilegal de viviendas.