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Declaración de la rentaGetty

Todo lo que puedes hacer antes de que acabe el año para ahorrar en tu factura fiscal

Algunos rendimientos del trabajo en especie están exentos de tributar, como por ejemplo el cheque guardería, el vale de comida o el seguro de salud que paga la empresa

El año pasado, Hacienda ha recaudado 271.935 millones de euros, una cifra que va camino de superarse en este 2024. Y es que, en los primeros nueve meses del año —últimos datos disponibles— el fisco ya ha ingresado 205.012 millones de euros, un 7,9 % más que en el mismo periodo de 2023, según el Informe mensual de Recaudación Tributaria correspondiente al mes de septiembre publicado por la Agencia Tributaria.

Casi el 60 % del crecimiento de los ingresos totales es consecuencia del notable aumento que experimentan las retenciones y los pagos fraccionados del IRPF. Concretamente, 95.247 millones de euros provenían de este impuesto, un 7,6 % más que entre enero y septiembre de 2023. Si nos fijamos en la cifra mensual, la recaudación de este tributo ha aumentado un 12 %.

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) han presentado Planificación de la Renta 2024, un documento en el que lanzan varias recomendaciones para hacer antes de que acabe el año y así poder ahorrar en la Declaración de la Renta que los contribuyentes van a tener que presentar en la primavera de 2025.

Rendimientos del trabajo

Algunos rendimientos del trabajo en especie están exentos de tributar, como por ejemplo el cheque guardería, el vale de comida o el seguro de salud que paga la empresa. En este último caso, es necesario que el tomador del seguro sea la empresa que otorga tal retribución al trabajador. Para minimizar la factura fiscal, es importante pactar con la empresa la percepción de este tipo de retribuciones antes del 31 de diciembre.

Aquellos que hayan trabajado fuera de España deben revisar la exención por rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero, porque pueden deducirse hasta 60.100 euros si se cumplen los requisitos y se comunique a la empresa que no se retenga por esas cantidades para así evitar comprobaciones futuras de Hacienda.

Adquisición de vehículos

Quien haya adquirido un vehículo eléctrico «enchufable» entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 se podrá deducir un 15 % del valor de adquisición, que no podrá superar los 45.000 euros sin IVA, con una base máxima de 20.000 euros. Pero no se aplica la deducción a los vehículos de «kilómetro cero».

Otra posibilidad de reducir la factura fiscal es instalar, antes del 31 de diciembre, sistemas de recarga de batería para vehículos eléctricos de particulares. La deducción es de un 15 %, con una base máxima anual de 4.000 euros de las cantidades satisfechas.

Los empresarios o profesionales que estén considerando adquirir un vehículo eléctrico deberían hacerlo antes de final de año, ya que las adquisiciones de estos vehículos realizadas durante 2024 permiten una amortización libre, lo que reduce el rendimiento neto de actividades económicas.

Además, a aquellos a los que su empresa les ha ofrecido cederle el uso de un vehículo para fines particulares, es importante que soliciten que sea energéticamente eficiente, porque cuanto menos contamine el vehículo mayor será el ahorro fiscal.

Jubilación

Aquellos que se hayan jubilado en 2022 tienen hasta finales de este año para decidirse a rescatar todo o parte del plan de pensiones en forma de capital y tener derecho a la reducción del 40 % sobre el importe de la prestación correspondiente a las aportaciones realizadas con anterioridad al año 2007.

Por su parte, quien se haya jubilado en 2024 las podrá rescatar aplicando la reducción hasta el 31 de diciembre de 2026.

Vivienda

Aquellos propietarios con inmuebles alquilados en zonas tensionadas, que bajen el importe del alquiler o arrenden la vivienda a una persona joven se pueden deducir hasta un 90 %.

Si se realizan gastos en un inmueble alquilado, como pintar las paredes o acometer alguna mejora, antes del 31 de diciembre, se puede disminuir el rendimiento neto y minimizar lo que se tiene que tributar por el arrendamiento.

Quien haya vendido su vivienda habitual este año puede beneficiarse de la exención de la ganancia patrimonial si reinvierte el importe en la compra de otra vivienda habitual en los dos años siguientes a la transacción.

Las viviendas habituales adquiridas antes de 2013 pueden seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual. Amortizar hipoteca antes del cierre del año permitirá deducir hasta el límite máximo —9.040 euros—. Además, de acuerdo con un nuevo criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central, si no se aplicó la deducción antes de 2013 porque no estaba obligado a presentar la declaración o por falta de cuota, esto no le impide aplicarla en los ejercicios posteriores.

Aquellos que estén planeando realizar obras en su vivienda habitual o en una que tenga alquilada para mejorar su eficiencia energética, como por ejemplo el cambio de ventanas, es importante que las completen antes del 31 de diciembre para poder aplicar las deducciones que van del 20 al 40 %, en función del ahorro energético.

Las obras realizadas en la vivienda habitual que dan derecho a una deducción del 60 %, como por ejemplo la instalación de placas solares en comunidades de propietarios o chalets, podrán realizarse hasta el 31 de diciembre de 2025.

Otras deducciones

A quienes tengan pensado vender criptomonedas con beneficio, desde REAF se les recomienda retrasar la venta hasta el 1 de enero y, de ese modo, diferirá la tributación un año y medio, porque se incluirá la ganancia en la declaración de 2025, a presentar entre abril y junio de 2026.

Las donaciones sin fines lucrativos también se pueden deducir: hasta un 80 % por los primeros 250 euros donados y si es un donativo habitual puede ser entre un 40 y 45 % del importe adicional.