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Carlos Torres (BBVA) y Josep Oliu (Sabadell)

Carlos Torres (BBVA) y Josep Oliu (Sabadell)Paula Andrade

BBVA modifica las condiciones de la opa sobre Sabadell y rebaja el umbral para considerarla un éxito

La operación ya no está sujeta a conseguir el 50,01 % del capital del Sabadell, sino a lograr «más de la mitad de los derechos de voto efectivos», para excluir la autocartera de la entidad catalana

BBVA ha modificado la condición de aceptación mínima de la OPA que que quiere lanzar sobre Sabadell de alcanzar un 50,01 % del capital social. Ahora está condicionada a alcanzar «más de la mitad de los derechos de voto efectivo», lo que excluye la autocartera de Banco Sabadell en el momento en el que termine el plazo de aceptación de la oferta.

Así lo ha trasladado el banco a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) donde explica que se trata de una «minoración» de la condición de aceptación mínima y que esto implica «un trato más favorable» para los destinatarios de la OPA, es decir, los accionistas de Sabadell.

Cabe recordar que los derechos de voto de la autocartera están suspendidos, según lo dispuesto en el artículo 148.a) de la Ley de Sociedades de Capital. El resto de términos de la opa se mantienen.

En el aviso a la CNMV, BBVA explica que la oferta inicial contemplaba adquirir al menos 2.720 millones de las acciones de Sabadell, representativas del 50,01 % del capital del banco.

Teniendo en cuenta que el capital de Sabadell está representado por 5.440 millones de acciones, de las que 78,7 millones las tiene la propia entidad en autocartera, la oferta se entenderá cumplida si es aceptada por, al menos, 2.680 millones de acciones de Sabadell.

Recorte de la ganancia contable e 'impuestazo'

En los últimos meses la entidad que preside Carlos Torres ha reducido además a más de la mitad la ganancia contable que obtendría por la adquisición. Según comunicó a la SEC, rebajó su estimación de fondo de comercio negativo de 2.134 millones a 672.

Además, cabe recordar que el reciente rediseño del impuesto a la banca penalizaría la hipotética fusión, al contemplar que el tipo impositivo se incrementará en un 15% del importe para los «contribuyentes que resulten adquirentes en operaciones de modificación estructural en las que hayan intervenido entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito o sucursales de entidades de crédito extranjeras que hubieran quedado extinguidas».

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