
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula Von der Leyen
Instrumento anti-coerción
El arma nuclear que se reserva Bruselas contra los aranceles de Trump
La UE aprobó a finales de 2023 un Reglamento para actuar en el caso de recibir chantaje económico con fines políticos por parte de terceros países
Esta noche, después del cierre de la Bolsa de valores, Donald Trump anunciará con precisión los aranceles que va a aplicar a «todos los países» y no solo a aquellos con mayores desequilibrios comerciales con Estados Unidos.
La Unión Europea ya tiene «un plan sólido» con «contramedidas firmes» para contraatacar a los aranceles globales de Trump, según aseguró la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, en un discurso en el Parlamento Europeo. Bruselas no descarta ningún tipo de arma comercial para responder a la guerra arancelaria de la Administración Trump, ni siquiera el instrumento anti-coerción, en vigor desde finales de 2023.
Esta herramienta es un conjunto de medidas económicas que la Unión Europea puede utilizar en el caso de recibir chantaje económico con fines políticos por parte de terceros países. En el primer artículo del Reglamento (UE) 2023/2675 se establece que sería idóneo utilizarlo como «último recurso», ya que primero «es deseable que la Unión haga uso de forma proactiva de todos los medios disponibles de diálogo, como las negociaciones, la resolución jurisdiccional o la mediación, y que solo imponga medidas de respuesta cuando dichos medios no conduzcan al cese rápido y efectivo de la coerción económica».
Entre las medidas que se permiten adoptar se encuentra la imposición de aranceles, restricciones a la importación o exportación de mercancías, imposiciones que afecten al comercio de servicios, al acceso de la inversión extranjera directa a la Unión, a las finanzas o a la protección de los derechos de propiedad intelectual o su explotación comercial.Para poder aplicarlas la Comisión deberá estudiar que de verdad existe coerción económica. Según el Reglamento esta se produce cuando un tercer país «aplique o amenace con aplicar una medida que afecte al comercio o la inversión con el fin de impedir o de conseguir la paralización, modificación o adopción de un acto concreto por parte de la Unión o de un Estado miembro». La Comisión Europea tendrá que examinar la medida de dicho país en un plazo que no durará «normalmente más de cuatro meses».
Cuando se llegue a la conclusión de que eso es así, la Comisión presentará al Consejo de la Unión Europea (UE) una propuesta de acción que los Estados miembros tendrán que aprobar por mayoría cualificada, es decir tendrá que contar con el apoyo de al menos 15 de los 27 países y que estos representen al menos al 65 % de la población de la UE. El Consejo se tendrá que pronunciar en un plazo de ocho semanas, aunque podrá decidirlo a partir de dicho pazo siempre que se informe de la existencia de un retraso y de los motivos de este. Eso sí, el plato total «no superará normalmente las 10 semanas».