Ley de vivienda: el inquilino ya no deberá pagar el primer mes de comisión a la agencia
El inquilino es el que terminaba pagando en la firma del alquiler la mensualidad de renta en concepto de honorarios de agencia
Una de las novedades que trae la ley de la vivienda, acordada el pasado viernes 14 de abril por el Gobierno, ERC y Bildu, hará que los propietarios de viviendas en alquiler sean los encargados de pagar los honorarios de las agencias inmobiliarias. Así fue anunciado por la diputada Pilar Vallugera, quien mencionó que este servicio inmobiliario «se presta al propietario, y por tanto será este el que deba asumir los gastos que dicho servicio genere».
De esta forma, los inquilinos se liberan de uno de los gastos iniciales que deben afrontar al alquilar un piso. Hasta ahora, el desembolso que suponía firmar un contrato podía llegar a ascender hasta las cuatro o cinco mensualidades. Por ejemplo, para un piso de 900 euros, el pago inicial ascendía a 2.700 euros, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos no define quién debe asumir la comisión de agencia.
El inquilino es el que terminaba pagando en la firma del alquiler la mensualidad de renta en concepto de honorarios de agencia, cuando el que había contratado los servicios de la inmobiliaria era el propietario. Gracias a esta nueva medida, «se termina con los abusivos gastos y honorarios inmobiliarios que impiden a muchas personas, especialmente a los y las jóvenes, acceder a una vivienda por el desembolso inicial que supone», apuntaron los portavoces de Bildu y ERC.
Evitar el fraude de ley
Esta norma también se encargará de prohibir el aumento de las rentas de alquiler por la vía de nuevos gastos, un aspecto que obligará a los inquilinos «a abonar gastos de comunidad, tasas de basura o cualquier otro gasto no atribuible», evitando de esta forma «una posible vía para el fraude de ley». Asimismo, desaparecerán «las cláusulas que permitían la no aplicación de las medidas que contiene la ley de existir un acuerdo entre las partes».
Según ha explicado Pilar Vallugera, «desde una posición preponderante del propietario sobre el inquilino que suele darse de manera habitual, el inquilino podría verse forzado a renunciar por contrato a las medidas y derechos que contiene la ley para conseguir el contrato».