Advierten de que la ley Celaá tendrá efectos adversos para los estudiantes con discapacidad
CEDDD y ANCEE lamentan que el Alto Tribunal desoiga las voces de familias que encuentran en la Educación Especial la más inclusiva para sus hijos
El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) y su socia la Asociación Nacional de Centros de Educación Especial (ANCEE) reciben con pesar la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de avalar íntegramente la legalidad de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE), al entender que la norma vulnera los derechos de miles de familias que han elegido la Educación Especial para sus hijos.
Como no puede ser de otra manera, CEDDD y ANCEE acatarán la sentencia del Alto Tribunal. No obstante, advierten que la norma tendrá efectos adversos para los estudiantes con discapacidad que se tengan que integrar a la fuerza en la educación ordinaria, por la limitada capacidad de esta última para dar respuesta a las necesidades de este alumnado y asegurar su bienestar.
Tal y como se expuso en la jornada ‘Bullying y discapacidad en la escuela’, organizada por CEDDD y FEUSO en el Senado, al menos el 80 % de estudiantes con discapacidad ha sufrido acoso y el 27,5 % es objeto de burlas constantes. Este porcentaje puede superar el 90 % en los centros de educación ordinaria, mientras que en los educación especial no llega al 3 %.
En este sentido, CEDDD y ANCEE estiman que la «inclusión» debe ser entendida desde el derecho de todo estudiante a su permanencia en el sistema educativo, garantizando que sea atendido en cualesquiera que sean sus condiciones, en orden a optimizar sus capacidades y su ulterior adaptación socio-laboral. Este es el fin último de la Educación Especial que, lejos de segregar, trabaja con ratios reducidas, currículos adaptados y profesional especializado para garantizar el mayor grado de desarrollo de las competencias de los estudiantes con discapacidad y su inserción efectiva y real en la sociedad.
Así lo exponen en el manifiesto por el derecho de los padres a elegir la educación que quieren para sus hijos, elaborado por CEDDD y ANCEE, en el que advierten también que la LOMLOE quita la potestad a la familia para elegir la educación del menor con discapacidad y se la da a un profesional, al establecer que será esta figura la que evalúe y valore qué tipo de centro le corresponde al menor.
Este redactado, recogido en el artículo 74.2 de la ley, vulnera el derecho fundamental reconocido en el artículo 27 de la Constitución española, que garantiza el derecho a la educación y a la libertad de enseñanza, y el artículo 26.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el cual se reconoce el derecho preferente de los padres para escoger el tipo de educación que desean para sus hijos.
Más allá de este derecho reconocido en la carta magna y por la comisión de los Derechos Humanos, está el hecho irrefutable de que nadie mejor que los padres puede garantizar el interés superior del menor, titular último de todos los derechos fundamentales, consiguiendo una educación adaptada a sus necesidades académicas, afectivas y sociales.
A este respecto, CEDDD y ANCEE lamentan profundamente que el nuevo Tribunal Constitucional haya puesto más urgencia en dar carpetazo a un recurso que en escuchar a la comunidad de la Educación Especial, para conocer de primera mano una realidad que tiene una tradición de décadas en España. En las que, dicho sea de paso, deja pruebas más que evidentes de sus buenos resultados.
Por ello, desde su posición y coherente con sus principios fundamentales de pluralidad, transversalidad y libertad, CEDDD seguirá luchando los derechos del alumnado con discapacidad y sus familias, así como por el futuro de la Educación Especial.