Los andaluces irán a las urnas el próximo 19 de junio para decidir si Juan Manuel Moreno Bonilla repetirá en el cargo de presidente autonómico o alguna de las alternativas electorales le dará el relevo tres años y medio después de comenzar a liderar la Junta de Andalucía.
Aquellos andaluces que residan fuera de la comunidad autónoma podrán ejercer su derecho a voto realizándolo por correo. Te contamos cuándo y cómo pedirlo.
Respecto a la fecha de las elecciones andaluzas, los electores pueden solicitar desde el pasado 28 de abril y hasta el próximo 9 de junio, inclusive, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En cuanto al cómo, según señala Correos en un comunicado, la obtención de este certificado es un requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y para hacerse con él hay dos vías.
Vía telemática o presencial
La primera de ellas es la telemática, a través de la página web de la empresa pública, www.correos.es. En este caso, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica.
Correos acepta como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
La otra alternativa para poder pedir el voto por correo es solicitándolo presencialmente en una de las oficinas de Correos. La petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo que la persona esté enferma o sea discapacitada –lo cual debe acreditar mediante un certificado médico–. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente, precisan desde la empresa estatal.
Al formular la solicitud, los electores andaluces interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir. Para agilizar el trámite, Correos tiene la opción de «cita previa».
Finalmente, Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía. Éstas enviarán a los solicitantes, a partir del 30 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
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