Juanma Moreno, presidente de la Junta de Andalucía, convocó de manera anticipada el pasado 25 de abril elecciones autonómicas en Andalucía, las cuales se celebrarán el próximo 19 de junio. Con ellas, el líder del PP en Andalucía, pretende consolidar su gobierno e, incluso, llegar a alcanzar la mayoría absoluta.
Aquellos andaluces que no puedan acercarse a las urnas el domingo electoral podrán ejercer su derecho al voto por correo. Solo tendrán que personarse en una oficina y solicitarlo presentando un documento acreditativo (DNI, pasaporte o carnet de conducir). Los documentos que se faciliten tendrán que cumplimentarse correctamente y entregarse allí mismo.
Una vez hecho esto tocará esperar a que las oficinas de Correos remitan la solicitud a la Oficina del Censo Electoral y que esta envíe al votante mediante correo certificado al domicilio indicado previamente en la solicitud un sobre con una papeleta de cada formación, el certificado de inscripción en el censo, un sobre con la dirección de la mesa y una hoja explicativa con todo el proceso.
Finalmente el interesado tendrá que elegir a qué partido votar, introducir la opción deseada en el sobre y remitir el voto a la dirección de la mesa indicada.
¿Hasta cuándo se puede votar por correo?
Los andaluces que deseen votar por correo podrán solicitarlo hasta el 9 de junio. Del 30 al 12 de junio se recibirá la documentación necesaria para emitir el voto y del 30 de mayo al 15 de junio se podrá remitir el sobre con la papeleta elegida y la documentación correspondiente.
En el caso de los votantes que se encuentren en el extranjero, tenían hasta el 21 de mayo para solicitar el voto por correo y del 24 de mayo al 15 de junio para enviar la papeleta escogida junto a la documentación.
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