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El ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz, en una imagen de archivo

Como avanzó El Debate en primicia

El juez desestima los recursos del exministro Jorge Fernández Díaz y su cúpula de Interior y los envía a juicio

En siete autos, el magistrado rechaza todos los argumentos de los recurrentes y arranca el procedimiento abreviado de la pieza 'Kitchen' para enjuiciarles por la presunta trama de espionaje al extesorero del PP Luis Bárcenas

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García- Castellón ha desestimado los recursos de reforma presentados por el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, el que fuera su segundo en el Departamento y secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, de otros cuatro altos mandos de la Policía Nacional y del exchófer de Luis Bárcenas, Sergio Ríos, contra el auto con el que el magistrado acordó, el pasado mes de julio, el cierre de la instrucción de la pieza Kitchen, incrustada en la macrocausa Tándem, y el pase a procedimiento abreviado. Tal y como avanzó en primicia El Debate, el juez instructor sentará en el banquillo a la cúpula política y judicial de Interior, durante la era Rajoy, por el operativo policial presuntamente ilegal puesto en marcha para sustraer al extesorero del PP Luis Bárcenas material relacionado con la causa Gürtel.

En siete autos separados que han sido notificados esta misma mañana, el magistrado rechaza todos los argumentos sobre la «precipitada» conclusión de las pesquisas, alegada por los recurrentes, y concluye que existen indicios suficientes para que todos ellos respondan de los hechos que se les imputan. 

En el caso del exministro Fernández Díaz, el juez García-Castellón asegura que fue el responsable máximo del operativo durante el tiempo en el que se prolongó la actividad policial ilícita para lo cual «se emplearon fondos reservados de su Departamento». Sobre el exsecretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez Vázquez, sostiene que mantuvo comunicaciones directamente relacionadas con el volcado de los teléfonos propiedad de Bárcenas, lo que constituye uno de los momentos «en que de modo plenamente acreditado por medio de su parcial recuperación en el curso de la instrucción judicial, el operativo desarrollado logró obtener una parte de la documentación comprometedora que se buscaba».

Además, deniega al policía Enrique García Castaño, el reconocimiento de su condición de cooperador en la instrucción de la causa, en base a que dicha petición deberá plantearla en el momento procesal adecuado y no en el auto de pase a procedimiento abreviado que es el que se recurría.

«Cuando el proceso arroja un escenario fáctico que descansa con rotundidad sobre semejante andamiaje indiciario, el margen de actuación del juez de instrucción se estrecha, y la adecuada ponderación de los derechos fundamentales en juego obliga a dirigir el procedimiento a su genuina fase, el juicio oral, evitando innecesarias dilaciones con incidencia en las garantías esenciales que rigen el proceso penal», apunta el auto de García-Castellón. 

Se cierra la última vía

Con el rechazo al recurso de reposición planteado por el abogado de Fernández Díaz se cierra la última vía del exministro para evitar su procesamiento y se activa el auto de conversión de la causa en juicio oral. Lo que supondrá que, tanto él, como su número dos en el Departamento, el entonces secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, tendrán que sentarse en el banquillo de la Audiencia Nacional.

Junto con ellos, varios miembros de la cúpula de Interior entre los que están el Director Adjunto Operativo de la Policía Eugenio Pino, los responsables policiales José Angel Fuentes Gago, José Luis Olivera, Enrique García Castaño, Marcelino Martín Blas, Bonifacio Díez Sevillano, Andrés Manuel Gómez Gordo, el excomisario y principal investigado en la macrocausa Tándem, José Manuel Villarejo, y el propio exchófer de Bárcenas, Sergio Ríos Esgueva, deberán responder ante la Justicia como presuntos autores de hasta media docena de delitos: cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, malversación, descubrimiento y revelación de secretos y omisión del deber de perseguir delitos.

El instructor ya rechazó la solicitud de prórroga de la investigación solicitada por la Fiscalía Anticorrupción y el resto de las acusaciones para la práctica de nuevas diligencias de averiguación alegando que la ley no admite investigaciones prospectivas. «La actividad instructora no puede concebirse como una suerte de soltar la red en fondeo por si se encuentra el delito, sino todo lo contrario», sentenciaba García-Castellón.