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Protesta de FemenImagen de archivo

Derechos fundamentales

El doble rasero de la izquierda: libertad de expresión solo para mí

La campaña de la ACdP a favor de «rezar» frente a las clínicas abortivas se ha convertido en objeto de censura para socialistas y comunistas que, en cambio,  apuestan por una libertad de expresión ilimitada cuando se trata de raperos, proetarras y afines

La Constitución establece los límites a la libertad de expresión en las leyes que la desarrollan, en los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen y, especialmente, en la protección de la juventud y de la infancia. Al margen de este amplio, que no absoluto, marco jurídico, ayuntamientos como el de Granada, Gijón o Valencia han retirado la campaña a favor de la vida impulsada por la Asociación Católica de Propagandistas (ACdP), en las marquesinas de 33 ciudades diferentes, movidos por las presiones recibidas desde los grupos de izquierda. Las mismas formaciones que apoyan sin dudarlo las manifestaciones a favor de los presos de ETA o los recibimientos como héroes a etarras sanguinarios, las letras de las canciones de raperos –como Pablo Hasél o Valtonyc–o las protestas de las Femen en las iglesias con el torso desnudo. 

No en vano, resulta muy contradictorio el tratamiento que se le da a la libertad de expresión, e incluso a la de opinión, dependiendo de si quienes la tienen que valorar, o incluso legislar sobre ella, son de una u otra sensibilidad. De acuerdo con el nuevo proyecto de ley con el que el Gobierno aspira a reformar el Código Penal para tipificar como coacciones específicas las concentraciones o vigilias de quienes se posicionan a favor de la vida frente a los denominados centros de «interrupción voluntaria del embarazo», la libertad en su sentido más amplio del término se ve lesionada. 

Para el exmagistrado de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid Eduardo Urbano «no se pueden perseguir conductas que, a su vez, buscan la defensa de un bien jurídico superior como es la vida». Además, en su opinión, «hay una protección constitucional (artículos 20 y 21) sobre el derecho de reunión y la libertad de expresión que, en una sociedad plural y democrática, deben prevalecer siempre que se ejerzan de forma pacífica y legal».

Haz lo que digo no lo que hago

La ministra de Igualdad, Irene Montero, que ahora abandera la persecución del Gobierno contra los provida –y considera delictivo el hecho de «rezar»  frente a las clínicas abortivas– sin embargo, en 2013, entendía que los «escraches» a los políticos no eran «acoso» sino «interpelar a los diputados». 

Curiosamente Montero, junto a su ya expareja Pablo Iglesias, solicitó una orden de alejamiento, condena de prisión y una indemnización por daños morales de 20.000 euros a Miguel Ángel Frontera, el líder de las concentraciones frente a su casa, acusado de varios presuntos delitos de acoso, intimidad, coacciones, desobediencia a la autoridad e injurias graves contra la ministra y el exvicepresidente. 

«No hay derecho a que mis hijos sufran las consecuencias de las tareas de sus padres», lamentaba el líder de Unidas Podemos en 2020. El mismo Iglesias que consideró doloroso el acoso en su casa, cuando le afectó a él, también en 2013, arengaba las protestas contra los políticos del Partido Popular bajo la premisa del «jarabe democrático» . 

Tampoco gustó a los siempre ácidos exdirigentes de Podemos el poema satírico que un juez jubilado, bajo pseudónimo, publicó sobre ambos y Tania Sánchez en la revista de la Asociación judicial Francisco de Vitoria. Aunque inicialmente la Justicia falló a favor de los políticos, la Audiencia Provincial de Madrid anuló la indemnización de 70.000 euros impuesta al autor del texto y a la cabecera, en primer instancia. 

El magistrado ponente de la sentencia revocatoria sostuvo que «cuando el honor se enfrenta a la libertad de expresión» hay que valorar el conflicto entre ambos derechos fundamentales y, tras hacerlo, el tribunal entendió que siendo Montero un personaje público los límites de la crítica –o incluso de la burla aceptable–, se ampliaban. 

«La libertad de expresión» ampara las «expresiones u opiniones inocuas», pero también las «mordaces, molestas o desabridas»

La situación resultó chocante habida cuenta de que Irene Montero nunca se ha pronunciado para denunciar  o condenar las afirmaciones vertidas por Pablo Iglesias, el 22 de julio de 2016, en un chat interno de Telegram, entre los dirigentes de Podemos, en el que aseguró que: «La azotaría hasta que sangrase», en referencia a la periodista y presentadora de televisión Mariló Montero.

Las asaltacapillas

La hemeroteca no es más benévola con la actual portavoz del Grupo Municipal Más Madrid en el Ayuntamiento de la capital, Rita Maestre. Otra de las políticas más activas contra la campaña provida de la ACdP, la cual ha calificado pública y abiertamente como acoso a las mujeres, fue una de las activistas más duras contra la libertad religiosa durante sus comienzos en política, llegando a ser juzgada por ello. 

El 10 de marzo de 2011, Maestre, junto a otras 70 personas, accedió al interior de la capilla de la Facultad de Psicología de la Universidad Complutense, donde se desnudó de cintura para arriba, quedándose en sujetador y con un pañuelo de color morado en la cabeza, como el resto de los manifestantes. La escena se produjo en el marco de una protesta que ella misma calificó de «pacífica», en la que se manifestaba contra el uso de las instalaciones públicas educativas para fines religiosos.

Aunque no hubo que lamentar daños materiales, la Justicia sentó en el banquillo a Maestre acusada de un presunto delito de «profanación» por el que fue condenada al pago de una multa de 4.320 euros. Tras recurrir la decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid, la política resultó finalmente absuelta. 

Lo que entonces entraba dentro de los límites de la libertad de expresión y opinión «pacífica» para Maestre: gritar consignas como «contra el Vaticano, poder clitoriano», «vamos a quemar la Conferencia Episcopal por machista y carcamal» o «menos rosarios y más bolas chinas», ahora, se convierte en todo lo contrario cuando se trata de «rezar» frente a las clínicas abortivas. Eso no sólo es, a juicio de la política de izquierda, «acosar a las mujeres» sino que no está «genial» y merece una durísima sanción penal. 

Las letras amenazantes

«Yo no comparto nada de lo que dice Pablo Hasél. No necesito defender las cosas que dice o canta Pablo Hasél. Yo defiendo el derecho de las personas a cantar lo que les dé la gana y luego a partir de ahí si canta cosas que son homófobas, que son machistas, que son racistas, evidentemente, tengo mi opinión y la diré», sentenciaba la ministra de Igualdad tras conocerse que un tribunal había condenado a Pablo Rivadulla, más popularmente conocido como Pablo Hasél, a tres años de prisión por el contenido amenazante de las letras de sus canciones. 

Por aquel entonces, Irene Montero, se oponía a que alguien como el rapero entrase en prisión «por injurias a la Corona y por otros delitos de opinión» que ella creía «una anomalía en nuestro país». Un criterio incompatible con las penas de cárcel que el Gobierno impondrá a las pancartas, las vigilias y los rezos de los provida frente a los centros donde se practiquen abortos.