Tribunales
El Supremo pregunta al Gobierno si recurrirá la sentencia europea a favor del etarra Atristain
El Alto Tribunal ha librado un oficio al Ministerio de Justicia, que lidera pilar Llop, para conocer la posición de la Abogacía del Estado y, por tanto, la firmeza de la resolución del TEDH
Que la Abogacía del Estado declare, formalmente, su deseo de no recurrir la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que dio la razón al etarra Xavier Atristain, condenado a 17 años de prisión por pertenencia a banda terrorista y tenencia ilícita de armas y municiones. El Supremo ha preguntado a la ministra de Justicia, Pilar LLop, si los letrados públicos pleitearán contra el fallo europeo ante la Gran Sala o si, por el contrario, tienen intención de hacerlo en el plazo previsto por la ley de tres meses, que se cumplen el próximo día 18 de abril.
Así consta en un oficio de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal dirigido a Llop, para conocer si la Abogacía ha recurrido, o lo hará, el fallo de 18 de enero de 2022 de Estasburgo que consideró vulnerado el derecho a un proceso justo al miembro de ETA Xavier Atristain. El Tribunal europeo estimó el recurso presentado por el etarra y condenó España a indemnizarle con la cantidad de 12.000 euros, como compensación por los daños morales sufridos.
Ahora, la Sala de lo Penal, que preside el magistrado Manuel Marchena, se ha dirigido a la ministra antes de resolver el recurso de revisión presentado por Atristain contra la sentencia del Tribunal Supremo de 2014 -que confirmó una previa emitida por la Audiencia Nacional en 2013- que le condenó por los delitos citados y que ha reprochado la Justicia europea.
En su escrito, la Sala ha explicado a LLop que la viabilidad del recurso de revisión, pendiente de resolverse, queda condicionada a la firmeza de la sentencia dictada por el TEDH. Por ello, ha insistido en que resulta de especial interés conocer la posición del Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, «en la medida en que de esa información depende el desenlace del procedimiento incoado, conocer si la resolución mediante la que el recurrente pretende respaldar su petición es o no firme».
De la prisión incomunicada a la libertad
Aristrain fue condenado a 9 años de cárcel por pertenecer a ETA y a otros 8 años más por ocultar explosivos en zulos y en un trastero del País Vasco. En la misma sentencia fueron absueltos por falta de pruebas dos acusados de colaboración con banda armada y, también, condenado Ibai Beobide Arza a 20 años de prisión por los mismos delitos -que no recurrió la pena- así como a 7 años y medio de cárcel a otras cinco personas por colaborar con la banda.
Tras su arresto, el 29 de septiembre de 2010 en Francia, la Audiencia Nacional ordenó la prisión incomunicada de Atristain, durante cinco días, para no frustrar una investigación para la localización de explosivos. Le fue asignado un abogado de oficio que le informó de sus derechos y estuvo presente en las dos declaraciones realizadas el 1 y el 3 de octubre, en la primera de la cuales admitió que había «cooperado» con ETA, incluyendo un «intento de secuestro», e indicó dónde se encontraban los explosivos que custodiaba. En la segunda, detalló dónde escondía armas, balas y matrículas falsas dentro de su casa.
Sin embargo, el hecho de que la defensa de oficio de Atristain intentase contactar con él en repetidas ocasiones, ante lo que la Guardia Civil le informó de la restricción legal por el régimen de incomunicación decretado por el juez, provocó el recurso ante el TEDH que ha revocado las condenas impuestas por la Audiencia Nacional y el Supremo, en confirmación de la primera.