Fundado en 1910

Julián Muñoz en el programa de Telecinco «No es la hora de la venganza, es la hora de la verdad»Mediaset

Con una deuda pendiente de más de 46 millones de euros  La Audiencia Nacional pide investigar si Julián Muñoz cometió un delito por ocultar lo cobrado en una entrevista

  • Muñoz tiene una deuda con el Ayuntamiento de Marbella que asciende a 46,2 millones de euros

  • El exalcalde realizó una entrevista en la cadena Telecinco por la que, en principio, no cobró. Sin embargo, una empresa tercera recibió de la productora casi 67.000 euros por cesión de derechos de imagen

A Julián Muñoz le siguen creciendo los problemas judiciales. La Audiencia Nacional ha decidido deducir testimonio a los juzgados de instrucción -que significa solicitar una investigación penal- para dilucidar si el exalcalde de Marbella ocultó lo percibido en una entrevista que concedió a Telecinco. Muñoz fue condenado por el 'Caso Saqueo II' -en el que fueron juzgados una veintena de miembros del partido GIL durante la etapa que va desde 1991 a 2001- a pagar una indemnización al consistorio marbellí de 46.230.978,25 euros. Según el auto de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso El Debate, el exalcalde solo habría abonado en torno a 400.000 euros, estando pendiente 46,2 millones.

El pasado mes de enero Muñoz concedía una entrevista en televisión por la que -según lo sostenido por la productora Kometa S.L y el entrevistado- no hubo remuneración alguna. Sin embargo, tanto la Fiscalía como la representación del Ayuntamiento de Marbella solicitaron el embargo de las cantidades percibidas por la entidad Producciones Mandarina en concepto de los derechos de imagen recogidos en el contrato entre Kometa y Muñoz. Así pues, el consistorio malagueño recoge en el informe de la Sala que: "ha quedado acreditado que la cesión de los derechos de su entrevista implicó un contenido económico en forma de contraprestación por un total de 66.494´73 euros más I.V.A”.

Ahora, el exalcalde de Marbella se podría enfrentar a un posible delito de frustración en la ejecución de una deuda, castigado en el artículo 258 del Código Penal con una pena de prisión de entre tres meses y un año. Muñoz habría, presuntamente, derivado los casi 67.000 euros recibidos por la entrevista a una entidad tercera para el evitar el embargo del dinero.

Gratis y por altruismo

Por su parte, el Ministerio Fiscal incide en que la gratuidad y el altruismo que figura en ese contrato «no se compadece con la realidad que se conoce de ese tipo de producciones televisivas», al tiempo que señalaba que Muñoz «ya pretendió realizar entrevistas a cambio de dinero, lo que no llegó a realizarse por razón del posible embargo de tales cantidades».

En el auto, el Tribunal recuerda que el Código Civil dictamina en su artículo 643 que el que recibe una donación debe hacer frente al pago de la deuda del donante cuando se hubiera hecho en fraude de acreedores. Asimismo, se entiende que la donación está hecha en fraude de acreedores si no se ha reservado el dinero suficiente para hacer frente a las deudas pecuniarias que se tengan vigentes.

De este modo, la Audiencia Nacional, tal y como solicita la Fiscalía, concluye que deberá acordarse "la deducción de testimonio íntegro de esta pieza separada al Juzgado Decano de Instrucción correspondiente, por si procediere la incoación del procedimiento penal oportuno para la investigación de la comisión por este penado, Julián Muñoz Palomo, con la cooperación necesaria de terceros, de un posible delito de frustración de la ejecución, en posible concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil”.