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El consejero de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray

El consejero de Educación, Josep Gonzàlez-CambrayEFE/Toni Albir

Tribunales

La ley del 25 % del español en Cataluña: crónica de un incumplimiento judicial

El TSJC dio 15 días al consejero de Educación, Josep González-Cambray, para que los centros educativos públicos catalanes garantizasen el derecho a una educación al 25 % en español. Desde la Administración independentista anunciaron sin ocultarse, que no cumplirían

No hay voluntad política. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que falló a favor del porcentaje del 25 por ciento de asignaturas en español que algunos padres quieren para sus hijos, se ha convertido en el máximo exponente de un reiterado incumplimiento judicial de la Administración catalana, al amparo de la inacción del Estado en la Comunidad Autónoma. Lejos de empeñarse en el cumplimiento de la legalidad vigente, y de un mandato expreso de la Justicia española, expresada en firme, la solución de los socialistas catalanes ha sido pactar con el separatismo una nueva ley que obvia el requisito de que una cuarta parte del temario de la educación obligatoria debe impartirse en castellano. Un atajo que, a juicio de los expertos, supone no sólo un desafío al orden constitucional vigente -y a la libertad educativa- sino un fraude de ley.

La doctrina constitucional sobre la vehicularidad del castellano -única lengua oficial y común en en toda España- mantiene que el español ha de ser la engua que se utilice para la enseñanza de ciertas asignaturas más allá de que el castellano sea impartido como lengua en una asignatura específica.

La Justicia ha sentenciado que constreñir el español al contenido de una única asignatura de la propia lengua sería lo mismo que considerarlo una lengua extranjera, lo que resulta incompatible para cumplir con las obligaciones que se desprenden de la oficialidad del español que defiende el artículo 3 de la Constitución. Tanto el Tribunal Supremo, que confirmó la firmeza de fallos anteriores, como el propio TSJC fijaron el mínimo legal para que la presencia del español en el ábmito de la educación obligatoria fuese de una de cada cuatro asignaturas, entre ellas una troncal, adicionalmente a la propia de la lengua castellana que se incorpora al proyecto curricular para los alumnos en edad escolar.

Si embargo, y desde que el pasado mes de abril el tribunal encargado de la ejecución de la sentencia del 25 % del español en Cataluña, obligase a la Generalitat a dar cumplimiento al contenido del fallo, la Administración regional ha eludido el cumplimiento de su obligación constitucional. Desde el Govern se escudan en que la normativa catalana no excluye expresamente el castellano como lengua vehicular pero, la triste realidad, es que en los colegios de toda la región la presencia del español se limita a la clase de lengua castellana -situándose su presencia muy por debajo del 25 % que ha fijado la jurisprudencia- en un claro 'Apartheid lingüístico' que resulta insostenible para todas las familias que, en los últimos años, y a nivel particular, han venido reclamando sus derechos. El último paso: impugnar los proyectos lingüísticos de los centros educativos.

¿Por qué? Porque el proyecto lingüístico es el mecanismo que, de facto, determina qué lenguas se utilizarán en cada colegio español para la impartición de las diferentes materias. Es aprobado por el Consejo Escolar del centro y, posteriormente, sometido a la supervisión de la Inspección Educativa por lo que, en caso de que el proyecto no se ajustase a las exigencias constitucionales, correspondería a dicha inspección impulsar la aplicación de las correcciones necesarias para ajustarlo. ¿Cuál es entonces el problema? Que la inspección educativa es un ente dependiente de la propia Generalitat instalada en el incumplimiento -por razones ideológicas- de un mandato judicial.

¿Y la solución? Que, ante la falta de ejercicio de sus funciones de supervisión, la Alta Inspección del Estado en materia de Educación, dependiente del Ministerio del ramo debería fiscalizar la situación y emprender las actuaciones necesarias (administrativas o penales) con el objetivo de que los proyectos lingüísticos de los centros se ajusten a las exigencias constitucionales. No ha ocurrido nada de esto hasta la fecha. Ni la Alta Inspección central, ni el Ministerio de Educación han hecho nada por reconducir el día a día de los escolares catalanes a la legalidad constitucional.

Dejación de funciones

Ante esta dejación de funciones, consciente y deliberada, de las Administraciones públicas hacia los derechos de las familias catalanas que luchas porque sus hijos accedan, como mínimo, a un 25% de su educación en español, varias de ellas han llevado hasta los tribunales la ilegalidad manifiesta de los proyectos lingüísticos de los centros educativos a los que pertenecen.

La vía para lograrlo, arranca con una formal al Departamento de Enseñanza de la Generalitat para que garantice que dichos planes se ajusten a la legalidad. El silencio o la negativa explíctica del Departamento se recurre, entonces, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En los últimos meses, el TSJC ha resuelto hasta seis pleitos planteados anulando los proyectos lingüísticos a los que se referían por no contemplar ni respetar la vehicularidad del castellano como lengua cooficial.

El contenido de dichas sentencias no sólo ha sido relevante para dar la razón a quienes luchan, en pleno siglo XXI porque en una parte del territorio español se eduque en español, sino porque confirma una doctrina que la que la Justicia no se moverá: ese 25 % de asignaturas que han de impartirse en castellano, en el marco de cualquier proyecto lingüístico de los centros escolares de nuestro país, que se ha establecido como mínimo por la Justicia. La Generalitat «lleva años toreando al TSJC para incumplir con su posición una resolución que es de puro sentido común: que en el territorio de Cataluña las dos lenguas cooficiales según la Constitución lo sean también en la esfera educativa», ha apuntado a El Debate el catedrático de derecho constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, Roberto Blanco Valdés.

Clamor entre los juristas

Una posición en la que el docente gallego converge con Ramón Rodríguez Arribas, vicepresidente emérito del Tribunal Constitucional, para quien «es misión de los jueces juzgar y ejecutar lo juzgado». «Los jueces tienen la obligación de que se cumplan íntegramente las resoluciones judiciales con arreglo a los mecanismos que el propio Tribunal imponga. Si la resistencia es pasiva, con multas y sanciones. Si fuese activa porque la oposición de las autoridades impide la aplicación práctica de las mismas –en un grado extremo sería sedición–, con el uso legítimo de la fuerza que el Estado tiene conferido», recuerda Rodríguez Arribas. Para quien, además, frente a aquellos que «no han dejado de repetir que lo volverían a hacer», el Estado «ha de imponerse».

«El requerimiento dirigido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a las autoridades educativas de la Generalitat para que cumplan con la sentencia que les obliga a impartir un mínimo del 25 % de clases en castellano en los centros educativos de toda Cataluña puede ser resumida en una sola frase: el círculo se estrecha cada vez más. O en dos: cada vez quedan menos vía de escape», advierte el también catedrático de Derecho Constitucional Carlos Flores.

No en vano, el que fuera magistrado del Tribunal Supremo, Antonio Salas Carceller, la situación de desobediencia a los mínimos legales marcados por el TSJC merece «una respuesta de máximos». «Para eso es para lo que está el artículo 155 de la Constitución. Cuando una autonomía no cumple una resolución judicial firme, de forma reiterada y consciente, procede aplicarlo. Es la norma concreta que permite intervenir a un territorio en una situación de rebeldía en la que el Estado debería ejecutar la decisión judicial, previa dejación de funciones de la Administración correspondiente», alertaba en declaraciones a El Debate.

«El Gobierno debería dar un paso al frente y exigir formalmente al presidente de la Generalitat su cumplimiento forzoso, en la forma que sea. Lo contrario está atentando al interés general de la sociedad española», añadía hace unos días Salas. Algunos antes de que Ciudadanos y Vox planteasen, si quiera, desde el ámbito político, la aplicación de un 155 lingüístico.

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