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El ministro de Presidencia, Félix BolañosMarta Fernández Jara / Europa Press

Ley de Información Clasificada

Las claves de la censora Ley de Información Clasificada que prepara el Gobierno

Las novedades que introduce el texto han sido criticadas por la oposición, los socios del Ejecutivo y las asociaciones de prensa

El anteproyecto de la Ley de Información Clasificada, que fue aprobado en el único Consejo de ministros, celebrado en agosto, está trayendo cola. Ha recibido críticas por parte de las asociaciones de la prensa –debido a la censura que se quiere imponer–, de la oposición e incluso desde del seno del propio Gobierno, ya que Podemos ha amenazado con no apoyarla si no se logra un acuerdo en las negociaciones posteriores. Así las cosas, la nueva norma del Gobierno, que pretende derogar la de Secretos Oficiales de 1968, añade numerosas novedades.

1) Las nuevas categorías

La información «cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda ocasionar un daño o poner en peligro la seguridad o defensa nacional» pasa de clasificarse en dos categorías, Secreto y Reservado, a cuatro. El «más alto grado de clasificación» –cuando pueda dar lugar «a una amenaza o perjuicio extremadamente grave para los intereses de España»– se denomina Alto Secreto. En el siguiente escalón se encuentra Secreto, y se aplica a la información que «precise de un alto grado de protección». En tercer lugar, se da la categoría de Confidencial, que concurre con manifestaciones que puedan causar «una amenaza o perjuicio leve» en ámbitos como las políticas de Estado, los intereses económicos o la prevención e investigación de delitos. Por último, la ley recoge la clasificación de Restringido, para «cualquiera de los ámbitos relacionados en los apartados anteriores».

2) El control de Bolaños

El Gobierno de Pedro Sánchez crea con esta Ley «la Autoridad Nacional para la protección de la información clasificada», que será ejercida por el Ministerio de la Presidencia, encabezado por Félix Bolaños. De esta manera, la protección de la información clasificada pasa de ser ejercida por un organismo del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) a un ministro del Ejecutivo, que podrá decidir arbitrariamente si un asunto ha de ser conocido por el Congreso de los Diputados o por alguien de fuera de la Cámara.

3) Las fuertes sanciones

Las infracciones que recoge la Ley se dividen entre muy graves, graves y leves. Las muy graves concurren cuando por ejemplo se difunda información calificada como Alto Secreto o Secreto –aunque se haya tenido acceso a ella de manera «fortuita» y «sin necesidad de conocer»–, o si se reproduce o copia sin autorización materias clasificadas como Alto Secreto o Secreto. Por su parte, las infracciones graves son las mismas que las muy graves, pero con la categoría de Confidencial. Por último, las infracciones leves hacen mayoritariamente referencia a la calificación de Restringido.

Así las cosas, si se incurre en una infracción muy grave se aplica una multa de entre un millón y tres millones de euros. Esta cuantía se reduce a una multa que va desde los 50.000 hasta el millón de euros en el caso de las graves, y hasta los 50.000 euros si se dan infracciones leves.

Este articulado ha provocado que periodistas y las asociaciones de prensa pongan el grito en cielo. Si un profesional de la comunicación revelara, por ejemplo, una información que está calificada como Alto Secreto y no lo supiera, se le impondría una sanción de hasta tres millones de euros. La nueva realidad se contrapone con la actual legislación, que dictamina que «cuando una 'materia clasificada' permita prever que pueda llegar a conocimiento de los medios de información, se notificará a éstos la calificación de secreto o reservado».

4) Desclasificación automática

La vigente Ley de Secretos Oficiales no establece un plazo por el que las materias se desclasifiquen de manera automática, por lo que en principio pueden permanecer con esta condición indefinidamente. No obstante, la Ley de Sánchez prevé que la información de Alto Secreto se desclasifique a los 50 años (prorrogables por 15 más), la de Secreto a los 30, (prorrogables por 10 más), la Confidencial entre los siete y 10 años no prorrogables, y la Restringida entre los cuatro y seis años, de manera no prorrogable.

5) ¿Cuándo entraría en vigor?

Una vez aprobado el anteproyecto por el Consejo de ministros es probable que primero se realice una consulta pública para recabar información. Posteriormente, el Gobierno necesitará obtener los apoyos necesarios en el Congreso de los Diputados, aunque sus socios dentro del Ejecutivo ya han presentado sus reservas.