Indulto a los ERE
Juristas desmontan los argumentos de la ministra Llop en contra de la sentencia a Griñán
Las declaraciones de la titular de Justicia cuestionando el fallo condenatorio del expresidente andaluz, en el Senado, han soliviantado a los expertos
No corren buenos tiempos para la hasta ahora desconocida ministra de Justicia, Pilar LLop, que, en las últimas semanas, parece haber pisado el acelerador para resolver su anonimato y ahora salta de polémica en polémica sin solución de continuidad. Sus últimas declaraciones en el Senado –Cámara que presidió antes de asumir su cartera actual– poniendo en cuestión el sentido del fallo de la sentencia del Supremo sobre José Antonio Griñán han vuelto ha propiciar un aluvión de críticas hacia la socialista. No en vano, el posible indulto al expresidente de la Junta de Andalucía que compromete al Gobierno, haga lo que haga, salpicará a la ministra encargada del del trabajo sucio: redactar el informe motivado que evite el trago de la cárcel a Griñán.
«Qué pena, señoría, que malgaste usted su primera pregunta en esta Cámara para sacar rédito político», recriminaba Llop al senador popular Elías Bendodo. «Y que lo haga, además, en un asunto de estas características, con una sentencia que no es unánime, con dos votos discrepantes, una sentencia que está siendo además contestada por la doctrina penal», añadía en el mismo tono irritado.
Los argumentos de la ministra de Justicia no ha dejado indiferentes a casi nadie, ni en el ámbito político ni la esfera judicial que no ha dudado en desmontar a Pilar Llop.
«Resulta inaudito»
«Los votos particulares sirven para salvar la responsabilidad de los magistrados discrepantes con la mayoría respecto del sentido de la sentencia, para abrir debates doctrinales o incluso para proponer nuevas líneas jurisprudenciales que, tal vez, en el futuro sean seguidas... pero ni afectan al sentido de la sentencia, ni mucho menos a la obligación de ejecutarla en sus precisos términos», asegura a El Debate Carlos Flores, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia. «El uso de los votos discrepantes con intencionalidad política debilita el Poder Judicial y al Estado de Derecho, por lo que el hecho de que toda una Ministra de Justicia se preste a ello resulta inaudito», apostilla Flores.
«Por lo demás, si tan sensible es Pilar Llop al parecer de las minorías debería escuchar a las parlamentarias –PP, Vox, Ciudadanos–, que ya han manifestado negro sobre blanco su oposición a todo perdón» a Griñán.
La doctrina penal tampoco es unánime
Para el exmagistrado del Supremo Antonio Salas, las declaraciones de la ministra Pilar Llop son un «despropósito». «Yo siempre he mantenido que los peores ministros de Justicia han sido, casi siempre, los que proceden de la Carrera judicial», alude Salas Carceller en relación a la condición de magistrada de la propia Llop. Como ex miembro del Alto Tribunal le parece inadecuado, además, que «en el seno de una sentencia, que no es sólo el resultado de la deliberación de los cinco jueces del Supremo, sino de otros tantos jueces en la Audiencia Provincial de Sevilla, que llegaron a la misma convicción, se trate de dar más validez al planteamiento de dos únicas juezas frente a la mayoría rotunda del resto de sus compañeros».
«El debate jurídico se puede y se debe plantear y, de hecho, así se hace durante las deliberaciones del tribunal, pero una vez emitido el fallo, los votos discrepantes lo son sólo en conciencia», aclara el magistrado jubilado. «La doctrina penal» que según Llop cuestiona la sentencia firme dictada por el Supremo «no es absoluta ni mucho menos unánime». «Habrá penalistas que coincidan con el sentido de la resolución y los habrá que no», concluye Salas empleando un símil con el razonamiento de la ministra.
«Una temeridad política e ideológica»
«La valoración de una sentencia, como suele hacerse, sin haberla leído antes y, por supuesto, sin haber estado en el juicio o si de un recurso se trata, sin haber visto los motivos del recurso y la impugnación de quienes no recurren, es una temeridad. Ese tipo de valoraciones suelen responder a intereses políticos o ideológicos y suelen ser siempre de igual clase: cuando la sentencia apoya las tesis propias, se defiende, cuando no, se critica», señala el juez Eduardo Urbano.
Para el exmagistrado de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid, «lo verdaderamente importante es la motivación, es decir, las razones con la que se explica la decisión del órgano judicial. Y tales decisiones, en un sistema democrático, se rigen por la regla de la mayoría, como sucede en el Poder Legislativo con las leyes».
«La existencia de votos particulares, que la Ley de Enjuiciamiento Criminal llama «votos reservados», sirve para salvar la conciencia del magistrado discrepante y, ciertamente, como ayuda al recurso cuando se trata de sentencias no firmes. Pero cuando hablamos de una sentencia contra la que no cabe recurso –pues todas las que dicta nuestro más Alto Tribunal, el Supremo, tienen la condición de firmes– tales votos, más allá de su consistencia jurídica, se enfrentan al voto de la mayoría con el que se expresa la respuesta que da el Estado democrático a una controversia jurídica», explica Urbano.
Qué decir «cuando se trata de una sentencia de 1.205 folios en la que se han empleado siete meses para su redacción, precedida de sus correspondientes deliberaciones, examen pormenorizado de la decisión recurrida, con su soporte probatorio y de los argumentos de los recursos, no estamos ante un producto jurídico cualquiera», remarca el juez a El Debate. «Otra cosa es el diálogo académico, perfectamente lógico, cuando tiene altura. Pero cuando obedece a una simple valoración política, me merece mucho menos aprecio», zanja el exmagistrado madrileño.