
Rodrigo Rato, durante el acto simbólico de salida a Bolsa de Bankia
Tribunales
El Supremo absuelve a Rodrigo Rato y otros 33 acusados por el caso Bankia
El Alto Tribunal ha ratificado, en firme, la absolución de todos los acusados por la salida a bolsa de la entidad
La Sala Segunda del Supremo ha ratificado la absolución de los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia, entre ellos el expresidente de la entidad y exdirector general del Fondo Monetario Internacional (FMI), Rodrigo Rato, por dos delitos de estafa a los inversores y falsedad contable. Según ha podido saber El Debate, en avance, el Alto Tribunal ha desestimado los dos únicos recursos formulados contra la decisión previa de exoneración que la Audiencia Nacional adoptó, en septiembre de 2020, frente a lo solicitado por las acusaciones particulares que representaban a AEMEC (Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Sociedades Cotizadas) y por Bochner España, S.A. Ambas han resultado condenadas al pago de las costas devengadas, como consecuencia de su recurso.
El fallo, argumentado en más de 178 folios de resolución, ha sido dictado por los magistrados Leopoldo Puente (como ponente), Antonio del Moral, Andrés Martínez Arrieta (presidente), Vicente Magro Servet y Susana Polo. De manera unánime, todos los miembros del tribunal han considerado que «no se advierte error palmario alguno, ni argumentos apodícticos o absurdos» que pudieran llevarles a anular la decisión previa de sus compañeros de la Audiencia Nacional.
La sentencia dictada por la Sección número 4 de la Sala de lo Penal del juzgado Central, en 2020, aseguraba que no había ni un solo dato que pudiera conducir a albergar, siquiera, la mera creencia fundada de que los acusados hicieron dejación de sus funciones durante el trámite preparatorio que culminó con la cotización de la entidad bancaria, heredera de la quebrada Caja Madrid, en el Ibex 35 y la posterior nacionalización de la misma, en 2012, que tuvo que ser rescatada con 24.000 millones de euros del erario.
El tribunal llegó a calificar los argumentos acusatorios de la Fiscalía Anticorrupción -que llegó a solicitar para Rato una condena de 8 años de prisión- como «proclamas basadas en premisas cuya veracidad están huérfanas de pruebas y en las que reina la total carencia de precisión de acontecimiento».El Supremo ha confirmado que la salida a Bolsa contó con el aval de todos los supervisores y que el folleto contenía una «amplia y certera» información financiera y no financiera
Ahora, el Supremo ha llegado a la misma conclusión. No hay motivos para emitir un juicio condenatorio al comportamiento y la actuación de los responsables del lanzamiento de Bankia a Bolsa, liderados por Rodrigo Rato, el que fuera ministro del Gobierno de José María Aznar. De este modo, se zanjan años de linchamiento mediático y especulaciones: las cuentas presentadas para el proyecto de lanzamiento de la entidad financiera fueron correctos porque así lo determinaron los controles estándar exigidos para este tipo de operaciones. Tanto la Comisión Nacional del Mercado de Valores, como el Banco de España, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancario (FROB) y la Autoridad Bancaria Europea (EBA).
Además, el Alto Tribunal ha descartado que la resolución de la Audiencia Nacional no estuviera lo suficientemente motivada o que hubiese algún error procesal o formal en la valoración de la prueba practicada durante el acto de juicio.
Los magistrados han querido dejar claro que su función, en los dos recursos planteados, no pasa por valorar cuál hubiese sido la sentencia más «idónea o acertada», sino para «comprobar» que la decisión anterior «no ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de las acusaciones». Algo que, para los cinco magistrados que firman el fallo firme, no ha ocurrido en este caso.
Así las cosas, la Justicia ha considerado que Bankia contaba con suficientes provisiones para afrontar sus retos empresariales, al contrario de lo que defendieron los dos peritos judiciales —dos inspectores del Banco de España—, a los que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional llegó a catalogar como «peritos de la acusación».