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María Soledad Iparraguirre, en el juicio por su colaboración en un atentado de 1994 en Getxo.
POLITICA ESPAÑA EUROPA MADRID
CEDIDA POR JUSTICIA

María Soledad Iparraguirre, en el juicio por su colaboración en un atentado de 1994 en Getxo. POLITICA ESPAÑA EUROPA MADRID CEDIDA POR JUSTICIAEuropa Press

Duro varapalo al juez De Prada  425 años de prisión para la sanguinaria etarra Amboto por un coche bomba en el estadio del Alavés en 1985

El juicio tuvo que repetirse al considerarse errónea la absolución impulsada por el juez De Prada

Cuatrocientos veinticinco años de prisión. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ha condenado a la ex jefa de ETA Soledad Iparraguirre Guenetxea, «Anboto» por un atentado con un coche bomba que el comando Araba de ETA colocó en las inmediaciones del Polideportivo Mendizorroza de Vitoria, en mayo de 1985. El vehículo fue colocado antes de un partido de fútbol del Deportivo Alavés y no llegó a explosionar porque fue desactivado por los especialistas del TEDAX de la Guardia Civil. Anboto ha sido ahora condenada por veinte delitos de asesinato en grado de tentativa, otro de tentativa de atentado contra agentes de la autoridad y un delito de estragos.

Por estos hechos, la Sala del Tribunal juzgó y absolvió -con un voto particular- el pasado 29 de marzo de 2021 a la ex dirigente de ETA, pero posteriormente la Fiscalía recurrió ante el Supremo. El pasado mes de julio, el Alto Tribunal anuló la sentencia y ordenó repetir el juicio con otros magistrados, por omitir erróneamente una prueba de huellas encontradas en uno de los vehículos utilizados por el comando terrorista y que identificaban a Iparraguirre como una de las etarras tras el atentado en cuestión.

Varapalo al juez De Prada

La sentencia absolutoria fue suscrita por los magistrados José Antonio Mora -presidente y ponente del fallo- y José Ricardo de Prada, y contó con el voto particular discrepante de Fernando Andreu, quien consideró que existían pruebas «concluyentes» para considerar «plenamente probado» que Iparraguirre intervino en ese atentado.

Tras la celebración de un nuevo juicio, la Sala ha considerado acreditado que Soledad Iparraguirre condujo el 19 de mayo de 1985 «el vehículo en cuyo maletero se había instalado un artefacto explosivo que fue dejado aparcado en la explanada del Polideportivo Mendizorroza en la ciudad de Vitoria, junto al lugar en el que solían estar estacionadas las furgonetas policiales, en los días de eventos deportivos, dejando orientada la carga hacia las taquillas».

Respecto al informe dactiloscópico que no fue tenido en cuenta en el primer juicio, el tribunal ha explicado que se trata de cinco huellas que fueron archivadas como anónimas y que se cotejaron con las de María Soledad Iparraguirre. Como resultado, se identificaron las huellas de los dedos índice, medio, anular, y auricular de la mano derecha de la misma como auténticas en relación con las halladas en el volante del vehículo utilizado para montar el artefacto explosivo.

Para la Sala, cabe otorgar plena eficacia probatoria al dictamen elaborado por un organismo policial especializado, cuyos resultados son concluyentes: «existen cuatro huellas de Soledad Iparraguirre en el volante del coche que estaba cargado con el explosivo». De esta manera existe prueba directa de que María Soledad Iparraguirre estuvo físicamente presente en el interior del vehículo, y que agarró el volante con cuatro de sus dedos»

La Sala incluye, además, el testimonio de colaboradores del comando Araba que ante el juez instructor o ante la Sala testificaron que Soledad Iparraguirre era miembro del comando en el momento de producirse los hechos. Sin embargo, de acuerdo con el Código Penal vigente, pese a lo elevado de la condena, el tiempo máximo de cumplimiento no podrá exceder de treinta años.

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