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Madrid former mayor Manuela Carmena at the 6 th edition of MAS (Mujeres a Seguir) Awards ceremony, in Madrid, on Tuesday 22, October 2019

Manuela Carmena, exalcaldesa de MadridVictor J Blanco

En una entrevista para El País

Manuela Carmena señala en «no corregir la ley del sí es sí es soberbia infantil»

El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la nueva ley asciende al menos a 195, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma

Durante una entrevista concedida hoy para el diario El País, la exalcaldesa de Madrid, ante un interrogante del periodista entrevistador, que le pregunta sobre si los jueces son los responsable de la rebaja de penas por la ley del sí es sí, Manuela Camena contesta que «evidentemente no. Si hay una ley posterior que favorece al condenado hay que aplicarla. Eso es incuestionable. Es una pena que esto se haya abordado con tan poca inteligencia. Hacer una ley no es fácil, y la prueba es que el BOE está lleno de rectificaciones. Si produce un efecto que no querías, se modifica».

Aquí ha habido una actitud de soberbia infantil y no se puede tocarManuela CarmenaExalcaldesa de Madrid

Acto seguido, Carmena añade: «Pero aquí ha habido una actitud de soberbia infantil y no se puede tocar. Yo creo que en determinados delitos tiene que haber un espacio de castigo importante para que pueda producirse un cambio de conducta, pero no soy partidaria de penas muy largas. Pero si el objetivo de la ley era endurecer las penas tienes que rectificarlo porque te ha salido mal».

Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 18 personas. Las últimas 14 rebajas de pena han trascendido este lunes y martes y se han producido en Andalucía, Castilla y León, Extremadura, Galicia y País Vasco.

Si el objetivo de la ley era endurecer las penas tienes que rectificarlo, porque te ha salido malManuela CarmenaExalcaldesa de Madrid

Según los datos recabados hasta ahora, constan 35 rebajas en País Vasco, 21 en Galicia, 20 en Madrid, 20 en Andalucía, 18 en Baleares, 16 en Castilla y León, 15 en la Comunidad Valenciana, 9 en Canarias, 9 en Asturias, 8 en Extremadura, 7 en Cantabria, 6 en el Tribunal Supremo, 4 en Cataluña, 2 en Murcia, 2 en La Rioja, 1 en Castilla-La Mancha, 1 en Navarra y 1 en Aragón.

De estos 195 casos, 18 han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 en Extremadura, 1 en Castilla y León, 1 en Asturias y 1 en País Vasco, por orden del Tribunal Supremo.

Penas de 18 años a 11 años

Entre las rebajas más sustanciales registradas, constan dos en Cantabria en las que se redujo la pena de prisión en 7 años. Así, los condenados pasaron de penas de 18 años a 11 años por una agresión sexual a una joven en un hostal de Santander.

En los 195 casos registrados hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones y rebajas de condenas se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley «más favorable» al reo.

La ley del 'solo sí es sí' ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.

El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el 'caso Arandina' que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo.

Caso Arandina

El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de cárcel, y no a 10, como pedía la Fiscalía, a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del 'solo sí es sí'.

Los magistrados elevaron las penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León-- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.

El Supremo ha rebajado ya 6 penas de prisión relativas a delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco.

Las fuentes consultadas explican que, aunque el 'caso Arandina' fue una primera manifestación, no sirve para fijar doctrina porque es un asunto que ya estaba pendiente de un recurso de casación y tenía elementos jurídicos a ponderar más allá de la nueva ley.

Las mismas fuentes indican que para que el Supremo aclare las reglas de aplicación del 'solo sí es sí' a las sentencias firmes tendrá que fallar en el mismo sentido en casos similares. Y hasta conseguirlo podrían pasar meses, apuntan.

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