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La magistrada del TC que se mostró a favor de no imponer el 25% del castellano se ocupará del recurso contra esa medida

La magistrada del TC que se mostró a favor de no imponer el 25% del castellano se ocupará del recurso contra esa medidaEuropa Press

Tribunales

El Constitucional declarará el aborto como un «derecho» en una sentencia de contenido «muy ideológico»

La Corte debatirá la ponencia de la magistrada Inmaculada Montalbán en el Pleno del próximo día 9 de mayo

La sentencia del aborto en manos de la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, está lisa para validar íntegramente y sin matices la ley de plazos de interrupción voluntaria del embarazo de la era de José Luis Rodríguez Zapatero. No habrá espacio para las «objeciones». El texto «desestima íntegramente» el recurso planteado, hace más de 13 años, por un grupo de diputados del Partido Popular y consta de una «primera parte introductoria muy ideológica». Así lo apuntan a El Debate fuentes próximas a la Corte de Garantías que, además, destacan como uno de los aspectos más relevantes de la ponencia pendiente de aprobación que consagra el aborto como un «derecho». Si bien «no fundamental», pero sí como parte inequívoca e irrenunciable de la «autodeterminación de la voluntad de la mujer» en su máxima expresión.

El aval del sistema de plazos contenido en la norma de interrupción legal del embarazo, coloquialmente conocida como «ley Aído», reconocerá por extensión el carácter del mismo como un derecho personal de las mujeres que les permite decidir, en términos cuasi absolutos –de manera libre informada y consciente– sobre cualquier aspecto de su realidad, incluida la maternidad.

La clave del enfoque se basa, como no podía ser de otra manera, en la construcción jurídica acuñada en el reciente fallo sobre la ley de la eutanasia, en la que por encima del derecho a la vida se antepuso, con amparo en la Constitución, el derecho que permite a cualquier persona a de forma «libre, informada y consciente» cuándo y cómo quiere morir «en situaciones médicamente contrastadas de enfermedades terminales o gravemente incapacitantes». Una libertad de elección que, una vez explorada y analizada, es a juicio de la magistrada Montalbán extrapolable a los supuestos del aborto.

Una posición que, salvo sorpresa, será avalada mayoritariamente en el próximo Pleno del día 9 de mayo, por siete votos a once, replicnado el saldo ofrecido en el rechazo del borrador previo al actual, obra del magistrado Enrique Arnaldo quien, por las discrepancias mantenidas con sus compañeros optó por renunciar a la ponencia que ha recalado, ahora, en la vicepresidenta Montalbán. Un Pleno que, salvo sorpresa, volverá a celebrarse «indebidamente» constituido, tras denegarse la abstención a la magistrada Concepción Espejel y evitarse las recusaciones de hasta tres magistrados más que se pronunciaron sobre la norma que ahora analizan, antes de su aprobación.

Y es que, tanto el portavoz de los diputados populares recurrentes, el exministro de Defensa Federico Trillo, como un total de hasta 140 asociaciones –concentradas en 10 organizaciones diferentes– han pedido, desde un primer momento, apartar a los cuatro magistrados que, por sus antecedentes profesionales, concieron la ley sobre la que ahora han de pronunciarse. No en vano, de haberse apartado, el TC no habría podido conformar el Pleno con el quorum mínimo de los ocho miembros que la ley exige. De ahí las maniobras del presidente Conde-Pumpido para sortear, entre otras, su propia recusación.

Obvia que hay una nueva ley vigente

El fallo, además, y según ha podido saber El Debate, lejos de declarar formalmente la pérdida del objeto de algunas cuestiones –como la información suficiente a la mujer o la posibilidad de que las menores de entre 16 y 18 años puedan abortar sin consentimiento paterno, tras la reciente entrada en vigor de la modificación de Irene Montero que afecta a estos aspectos– pasa de puntillas sobre las materias ignorando «que existe una nueva ley», recientemente aprobada y ampliada por el Gobierno.

Y, por lo tanto, «salvando», en cierto modo, por adelantado, el texto actual que, previsiblemente, será recurrido ante la Corte colonizada por una mayoría de magistrados de izquierdas. Dichas impugnaciones, por lo tanto, tendrán muy complicado salir adelante en una futura y eventual contienda jurídica, como ya había adelantado El Debate.

Sin «juicio de ponderación»

El trabajo de la magistrada Montalbán, la número dos de Cándido Conde-Pumpido en el Tribunal, no sólo pasaría por superar el enfoque inicial del anterior ponente, Enrique Arnaldo, quien aunque avalaba el sistema de plazos sí veía tachas de inconstitucionalidad en la regulación de la objeción de conciencia que proporciona la norma discutida y en la necesidad de que la mujer reciba información ampliada antes de tomar la decisión.

No en vano, y según apuntan a El Debate algunas fuentes próximas a la causa, el texto abandona el consenso doctrinal del órgano, fijado en una sentencia del año 1985, en virtud del cual la legalidad del aborto, en cada caso, venía dada por un «juicio de ponderación» que, a partir de ahora, ya no se dará.

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