Caso Dina
La Audiencia Nacional apoya que se investigue a Dina, la exasesora de Iglesias, por falso testimonio
En un auto contra el que no cabe plantear recurso la sección tercera rechaza la apelación de Bousselham
La Audiencia Nacional ha dado el visto bueno para que se investigue a Dina Bousselham, exasesora del exlíder de Podemos Pablo Iglesias, y a su pareja, Ricardo S.F., por presuntos delitos de falso testimonio, denuncia falsa y simulación de delito en relación a la pieza del caso Villarejo en la que se investiga el supuesto robo de la tarjeta del móvil de ésta.
En un auto, contra el que no cabe recurso y al que ha tenido acceso EFE, la sección tercera de lo Penal rechaza la apelación de Bousselham contra la decisión del juez del caso Villarejo, Manuel García Castellón, de deducirle testimonio a los juzgados de Madrid y de Alcorcón, y al que también se sumaron el propio Pablo Iglesias y la Fiscalía Anticorrupción.
La Sala rechaza uno de los principales argumentos para oponerse a esta medida y es que la deducción de testimonio «contra el denunciante o acusador» sólo es posible cuando exista sentencia firme. Para el tribunal ese sería el caso para el delito de denuncia falsa, pero no «respecto de los demás supuestos delitos».
No obstante admite que el estado de la causa «es determinante» para poder perseguir los restantes delitos, «tanto para dilucidar la existencia de una posible simulación de delito, como para saber si la testifical que se reputa falsa va a ser nuevamente practicada» en un futuro juicio o «carece de mayor recorrido procesal».
Además, el tribunal observa que el estado en que se encuentra el procedimiento corresponde determinarlo al juzgado «en su caso competente para la investigación de los supuestos delitos por los que se han deducido los testimonios».
Caso Villarejo
Así, y si bien esta pieza del caso Villarejo permanece abierta, «no es menos cierto», indica el auto, que ya se «han incoado diligencias previas al respecto por parte de los Juzgados de Instrucción de Madrid y de Alcorcón», localidad madrileña en la que se denunció por el robo del móvil.
Ambos juzgados se encuentran ahora pendientes de determinar a cuál compete la investigación, según apunta la Sala. Por el momento se conoce que el asunto ha recaído en el juzgado de instrucción número 46 de Madrid, que todavía no ha adoptado ninguna decisión, según explican a EFE fuentes jurídicas.
Ante esta circunstancia, añade, carece de utilidad la estimación de estos recursos «y ello» sin entrar en las razones de fondo del recurso, «ni en la prosperabilidad de la deducción de testimonios».
«Y ello, obviamente sin perjuicio de que el Juzgado (o Juzgados) a los que competa la instrucción (...) deba despejar en primer término, antes de entrar en la investigación de los hechos, las cuestiones procesales y requisito de procedibilidad referente a la causa de origen», concluye el auto.