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Apoderados de los distintos partidos controlan el recuento y voto por correo

Apoderados de los distintos partidos controlan el recuento y voto por correoEFE

Elecciones 28-M

Elecciones 28-M: se acaba el plazo para solicitar el voto por correo

Las elecciones municipales y autonómicas están a la vuelta de la esquina y se acerca la fecha límite para pedir el voto por correo

La cuenta atrás para las elecciones autonómicas y municipales del próximo domingo, 28 de mayo, ha comenzado. Durante la jornada electoral, serán muchos los españoles que ejerzan su derecho al voto en el colegio electoral que les corresponde. Sin embargo, otros muchos, al no encontrarse ese día en el lugar en el que están censadas, si desean tener voz a la hora de elegir a sus representantes municipales y, en algunos acaso, autonómicos, tendrán que solicitar el voto por correo.

El plazo para solicitar el voto por correo abrió el pasado 4 de abril y la fecha fin se acerca. El próximo jueves, 18 de mayo, será el último día para pedir el Certificado de inscripción en el Censo Electoral correspondiente. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Desde el pasado lunes, 8 de mayo, Correos está entregando las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral por correo certificado. El plazo para depositar finalmente el coto por correo terminará apenas 4 días antes de las elecciones: el 24 de mayo de 2023.

Cómo solicitar el voto por correo

Para solicitar el voto por correo hay que seguir los siguientes pasos:

  1. Recoger el impreso de la solicitud, que está disponible a partir del pasado martes en cualquier oficina de Correos. El plazo para solicitar el impreso cierra el 18 de mayo, diez días antes de la celebración de las elecciones.
  2. Cumplimentar el impreso de solicitud, indicando la dirección postal a la que se dirige la documentación electoral, ya sea el domicilio personal u otra.
  3. Una vez rellenado el impreso, enviar el documento a través de una oficia de Correos, siempre enseñando el DNI.
  4. Una vez hecho esto, la Oficina del Censo Electoral enviará por correo certificado la documentación correspondiente hasta seis días antes de las elecciones, es decir, el 22 de mayo. Los documentos deben ser recogidos personalmente y debe acreditarse siempre la identidad. El elector recibirá en la dirección indicada las distintas papeletas y los sobres, el certificado de inscripción al censo, una hoja que explica todo el proceso e información sobre la mesa electoral correspondiente.
  5. Remitir el sobre con la papeleta elegida correspondiente a una Oficina de correos. El plazo termina el 24 de mayo, cuatro días antes de las elecciones.
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