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Tribunales

El Supremo avala las rebajas de condenas a los delincuentes sexuales beneficiados por la ley del 'sí es sí'

El Pleno del Alto Tribunal ha rechazado el recurso de la Fiscalía que pedía incrementar de nuevo las penas atendiendo a la Disposición Transitoria 5ª del Código Penal

La incógnita ha quedado despejada. Tras varios meses de discusiones jurídicas, de acusaciones a los jueces desde el Ministerio de Igualdad de Irene Montero por «aplicar» incorrectamente su polémica ley del 'sí es sí' y tras una modificación pactada de la norma entre PP y PSOE para poner fin a los «efectos indeseados» de la misma –que en sus primeros seis meses de vigencia se tradujeron en más de 1000 delincuentes sexuales beneficiados y más de 100 de ellos excarcelados– el Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado los beneficios aplicados por Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia en el cálculo de las nuevas condenas a los violadores y pederastas de nuestro país.

En la segunda sesión de la deliberación monográfica de este miércoles, el Alto Tribunal ha acordado rechazar los recursos planteados por la Fiscalía, que instaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.

Así las cosas, sin embargo, en uno de los recursos formulados por el fiscal, un error dosimétrico de la Audiencia ha dado lugar a la corrección de la pena del reo, al alza, por unanimidad. En el mismo sentido se han desestimado, también, las peticiones de los condenados en los recursos planteados por sus abogados.

De la casi treintena de recursos analizados por el Supremo, un total de 27 han sido resueltos por unanimidad de los magistrados. Uno lo ha sido por mayoría pero sin anuncio de voto particular, y el otro, del que era ponente el magistrado Andrés Palomo, ha provocado el cambio de ponencia, que será asumida, a partir de ahora, por el magistrado Leopoldo Puente, y que es el único asunto que contará con hasta cinco votos particulares de los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral.

Concretamente, en esta sentencia, el criterio mayoritario de rechazo del recurso del fiscal ha sido asumido por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández.

Por otro lado, la Sala ha rechazado la aplicación de la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal de 1995.

Un Pleno sobre sentencias firmes

En los dos últimos días de Pleno, el Supremo ha entrado en el fondo un total de 29 recursos de casación, 7 de ellos planteados por la Fiscalía y otros 22 presentados por los propios condenados por delitos sexuales, al hilo de las revisiones praticadas por los tribunales provinciales sobre varias sentencias que ya eran firmes cuando entró en vigor la Ley Orgánica 10/2022 del 'sólo sí es sí'. Los recursos analizados corresponden a revisiones de sentencias efectuadas por las Audiencias de Madrid, Barcelona, Palma de Mallorca, Bilbao, Soria, Toledo, Guadalajara, Las Palmas, Pontevedra, La Coruña , Valencia, Castellón, Almería y Cádiz.

Hasta la fecha, la Sala solo había resuelto impugnaciones instadas contra sentencias que no eran firmes en el momento de aprobarse la norma y cuando ésta comenzó a desplegar sus efectos. Un total de 75 recursos que se habían resuelto con un balance de 28 rebajas de penas y 47 sentencias que, en cambio, habían ratificado las sanciones impuestas previas a la reforma.

El fallo y detalle de las sentencias se conocerán en los próximos días, y por su interés público se ha habilitado una pestaña específica de consulta individualizada de las mismas en la página web del Tribunal Supremo.