Tribunales
La ley de amnistía que cocina el separatismo pone al Supremo y al Constitucional en el punto de mira
El independentismo critica la visión «reductiva» de la Constitución que ha tenido, hasta ahora, la Corte de Garantías e insta al Alto Tribunal a aplicar el perdón, una vez publicado en el BOE, de manera automática
No es ningún secreto que para el separatismo catalán, en especial durante el procés, la actuación del Tribunal Constitucional (TC), no fue plato de buen gusto. En el relato independentista, el Poder Judicial ha sido siempre, y sigue siendo, uno de los escollos más importantes a sortear y, buena prueba de ello, es que la justificación de la amnistía que se cocina entre los afines de Junts y Esquerra (ERC) bebe, en gran medida, de la «desjudicialización del conflicto político» y la idea de que no se puede «obstruir con argumentos jurídicos no incontestables una reivindicación democrática».
Así las cosas, entre los objetivos de Carles Puigdemont estará neutralizar el peso de las más altas cortes de nuestro país, TC y Supremo, durante el trámite de borrado general de las responsabilidades penales pendientes sobre los cabecillas del procés y bloquear, además, la capacidad de respuesta de las instituciones del Estado, a futuro, en clave judicial. Cabe recordar que, precisamente, quien fuera presidente de la Generalitat y es hoy, todavía, prófugo de la Justicia española con causas pendientes en nuestro país, ha criticado como un bloqueo de su inviolabilidad y autonomía parlamentaria las acciones y recursos judiciales encabezados, en su caso y por ser aforado, por el Supremo. Un argumento que desmontaba, sin embargo, hace unos meses, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) al retirarle la inmunidad.
Hay que remontarse a 2006 para recordar cómo, en un primer revés para el legislador de la reforma estatutaria catalana, y por extensión para las aspiraciones separatistas, el TC desactivaba normativamente el texto del que aspiraba a ser su nuevo Estatuto y que reconocía a Cataluña como nación. Un hecho que, en clave política desembocó en el rechazo a la sentencia dictada por el órgano de Garantías mediante la Resolución 750/VIII, del Parlament, de 16 de julio de 2010.
Desde entonces, el independentismo ha destinado grandes esfuerzos en combatir las razones del Constitucional para bloquear sus aspiraciones de referéndum y la autodeterminación que se reflejaron, entre otras, en las sentencias 31/2015, 138/2015 y 259/2015, así como en los Autos 141 y 170 de 2016, y 24 de 2017 de la Corte.
Y de ahí que buena parte del músculo separatista se centre, ahora, en plena negociación de la amnistía, sobre la lectura restrictiva de la Constitución que, al margen del signo de su mayoría de miembros, hasta el momento ha mantenido el máximo Tribunal que la interpreta. La doctrina consolidada del TC ha mantenido, sin fisuras, que ninguna consulta como la que reclama Junts admite encaje constitucional sin una reforma previa del texto de 1978, de acuerdo a los cauces legales y la aritmética parlamentaria previstas para ello.
Ante esta visión «reductiva» de la Constitución que tanto han criticado los sectores jurídicos afines al independentismo se abre, ahora, un nuevo escenario en el seno de un órgano que ha sido renovado por el todavía Gobierno, en funciones, de Pedro Sánchez para allanar el camino al «derecho a votar» y la posibilidad de declarar una futura y eventual independencia «pactada» con el Ejecutivo central.
No en vano, su actual presidente, Cándido Conde-Pumpido no ha dudado en alterar, en los últimos meses, y apoyado en el sector de la izquierda, algunos de los tradicionales consensos vigentes en el seno de la Corte para salvar las cuestiones más polémicas de la pasada legislatura socialista.
La proposición de ley de 2021
Ya en la proposición de «ley orgánica de amnistía y resolución del conflicto político entre Cataluña y el Estado español» que fue presentada en el Congreso, en 2021, conjuntamente entre Junts y Esquerra, se señalaba «la renuncia al diálogo y la negociación política» en favor del procedimiento «judicial que asumiría la Sala Penal del Supremo», como uno de los hitos más traumáticos del procés. La causa especial del Alto Tribunal se saldó con importantes condenas para nueve de los procesados —miembros del Govern catalán, como el propio vicepresidente Oriol Junqueras; del Parlament, como su expresidenta Carme Forcadell o dirigentes de entidades soberanistas— que ascendieron a penas de prisión de entre 9 y 13 años por el delito, entre otros, de sedición.
Un hito que el separatismo tildó de «causa de carácter general contra el movimiento independentista» y que, en la actualidad, «se ha concretado en la fragmentación de la misma en múltiples causas seguidas ante diversos juzgados de instrucción, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, el Tribunal de Cuentas, la Audiencia Nacional y el mencionado Tribunal Supremo». De ahí que torcer al Poder Judicial, que tendrá la última palabra en la aplicación de los efectos de una futura amnistía a los encausados y condenados, sea una de los fines más ansiados por Puigdemont.
En aquel texto normativo de 2021 que lanzó el separatismo, y que fue rechazado mayoritariamente por el arco parlamentario, ya se advertía de la importancia de «poner fin a la judicialización del conflicto y al exclusivo enfoque penalista dado hasta el momento por los poderes e instituciones del Estado» a través de la «amnistía para todos los condenados y encausados». «Una amnistía que permita enmendar el daño ocasionado hasta ahora y que permita edificar una solución al conflicto sobre la base de cimientos sólidos, mediante el diálogo político y el respeto a la voluntad mayoritaria de la ciudadanía».