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El exministro de Interior y miembro del PP, Jorge Fernández Díaz, en imagen de archivoEuropa Press

Audiencia Nacional

Fernández Díaz recurre por «desproporcionada» la fianza de 120.000 € impuesta por el juez de la 'Kitchen'

El abogado del que fuera ministro del Interior con el PP considera que la cantidad excede, en más del doble, la responsabilidad civil exigida por la Fiscalía y la Abogacía del Estado en caso de condena

La defensa del exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, procesado por la 'operación Kitchen', ha recurrido la decisión del instructor dela causa, el juez Manuel García-Castellón, de imponerle una fianza de 120.000 euros por falta de motivación. El abogado del que fuera miembro del Partido Popular, Jesús Mandri, procesado como presunto responsable del operativo parapolicial puesto en marcha supuestamente con el objetivo de sustraer al ex tesorero del PP Luis Bárcenas material relacionado con la investigación judicial del 'caso Gürtel', ha instado al magistrado a revisar el importe de la reserva económica impuesta a Fernández Díaz al entender que ésta debe guardar proporción con la responsabilidad civil que en su caso se impondría de recaer una hipotética sentencia condenatoria.

Y ha apuntado a que en el caso del ex titular de Interior, la misma debería situarse en los 57.000 euros que es la cantidad instada tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado, que sitúan en algo más de dicha suma «el importe presuntamente malversado» por los acusados. Entiende el abogado de Fernández Díaz que de lo contrario se daría una falta de proporcionalidad en la decisión judicial que, vía auto, duplica el importe para su mandante.

Así las cosas, en el recurso de apelación presentado por el exministro del PP, al que ha tenido acceso El Debate, se explica que la resolución que precipita la apertura de juicio oral contra Fernández Díaz establece una graduación de los importes que impone en concepto de fianza que «adolece de manifiesta falta de motivación»

El letrado Mandri ha recordado que el magistrado impone una fianza de 120.000 euros para Fernández Díaz, para el que fuera su 'número dos' Francisco Martínez y para el ex director adjunto operativo de la Policía Eugenio Pino, mientras que para el que fuera jefe de la UCAO Enrique García Castaño la fija en tan sólo 2.000 euros.

«Decisión inmotivada y sin cobertura»

Y critica, al respecto, que el instructor «no motiva mínimamente el tratamiento diferenciador que efectúa respecto a los diferentes acusados, a los que impone diversos importes en concepto de fianza en orden a criterios o parámetros desconocidos, sin fundamento legal y por cuantía manifiestamente superior a la solicitada por las acusaciones».

También parece haber sorprendido a la defensa de Fernández Díaz tal falta de motivos en el auto para su fianza y que en cambio el juez sí dedique «especial motivación y esfuerzo respecto a otras cuestiones, por ejemplo, rechazando la apertura de juicio oral contra el Partido Popular como partícipe a título lucrativo. Considera que, ante tal escenario, se estaría provocando una manifiesta «indefensión» al exministro, «pues se desconocen los motivos que llevan al instructor a fijar la cuantía de la fianza que le ha sido impuesta y su diferente graduación entre los restantes acusados».

A todo ello añade que el auto del instructor acuerde que las cantidades impuestas en concepto de fianza se verán incrementadas en un 30 por ciento para intereses legales y costas, «decisión de nuevo inmotivada y sin cobertura» apoyada en nuestro ordenamiento. A su juicio, «resulta inaudito que en el orden penal se exija el anticipo de importes destinados a costas e intereses, de imposible cuantificación en este momento y ello suponiendo se dictara sentencia condenatoria».

Por todo lo expuesto, el abogado de Fernández Díaz entiende que «procede fijar una responsabilidad solidaria de todos los acusados respecto a la cuantía que, de forma motivada, se fije en concepto de fianza, que deberá ser proporcional con las cuantías solicitadas por las acusaciones y con la previsible responsabilidad civil que derivaría de una eventual e hipotética sentencia condenatoria».