«Desviación de Poder» del fiscal general
Exigen a García Ortiz que aclare ante el Consejo Fiscal la situación anómala de Delgado en Memoria Democrática
El vocal de la Asociación Profesional de Fiscales (APIF) en el órgano ha registrado una solicitud para que el fiscal general se pronuncie sobre la plaza que ocupa su predecesora sin tener la categoría necesaria
El varapalo del Supremo al recién renovado fiscal general, Álvaro García Ortiz, por su «desviación de poder» en el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal Togada de lo Militar, ha provocado una situación inédita hasta la fecha en el seno de la Fiscalía. Delgado, que ascendió a la máxima categoría del escalafón de la Carrera gracias a la designación anulada por el Alto Tribunal hace una semana, «ha perdido la condición de fiscal de Sala imprescindible para acceder a su puesto actual» en Memoria Democrática y, por lo tanto, «permanece en él de manera anómala».
El vocal de la Asociación Profesional e Independiente (APIF) en el Consejo Fiscal, Salvador Viada, ha registrado una petición formal para que García Ortiz aclare la situación de su mentora –en el próximo Pleno ordinario del órgano, previsto el día 20 de diciembre– y confirme si, como le ha advertido el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), tiene la obligación de apartarla de la plaza en la que se mantiene a pesar del fallo.
Se trata de una «ineficacia sobrevenida y no de un mero defecto formal» en el acceso de Delgado a una plaza de la que es titular «sin cumplir uno de los requisitos materiales» que se exigen para optar a la misma, apuntan expertos en la materia. Por lo tanto, «no hay nada que el fiscal general pueda hacer para subsanar la situación: la anulación del nombramiento previo, que es el que proporciona la condición necesaria para presentarse como candidata» a la vacante posterior, «afecta de manera directa» a ésta.
«Si pierde la categoría, pierde la plaza» de Memoria Democrática. Y ésa es la visión mayoritaria del CGPJ que, según ha podido saber El Debate, dedicó una buena parte del último cónclave, celebrado el pasado martes día 28, al análisis del tema, en el marco del debate sobre la «inidoneidad» del propio García Ortiz para ser renovado al frente del Ministerio Público, entre otras, por esta polémica cuestión que «ha desacreditado por completo la transparencia de su política de nombramientos».
Caber recordar que el fiscal general del Estado decidió promocionar a Dolores Delgado como fiscal de Sala Togada de lo Militar del Tribunal Supremo –en contra del criterio del Consejo Fiscal, que debe informar sobre los aspirantes a cualquier vacante en el seno de la institución– y pese a que concurrían candidatos con mejor currículum y más especialización en la materia.
Uno de los mejor posicionados, el fiscal Luis Rueda, y la Asociación mayoritaria de Fiscales (AF), a la que pertenece, presentaron sendos recurso impugnando la actuación de García Ortiz y el Alto Tribunal les daba la razón apuntando a que la decisión discrecional se apartó «de la finalidad propia de la potestad de resolver convocatorias para plazas del Ministerio Fiscal, cuyas vacantes deben proveerse fundamentalmente con arreglo al criterio del mérito». En el mismo sentido, el dictamen del CGPJ en el que se rechaza la renovación de García Ortiz considera que su actuación respondió a un uso «espurio» de sus competencias.
Ejecutar la sentencia del Supremo
Así las cosas, la sentencia dictada por la Sala Tercera del TS acordaba retrotraer las actuaciones al momento anterior al de elevar al Consejo de Ministros la propuesta del Fiscal General del Estado, «a fin de que se realice otra nueva, teniendo en cuenta cuanto queda dicho sobre la finalidad de la potestad de resolver convocatorias» para las plazas vacantes. «Y las sentencias hay que ejecutarlas», apuntan a El Debate fuentes próximas al Consejo Fiscal.
Un escenario en el que no sólo Delgado «queda descartada como posible aspirante» sino que «conlleva que por lo tanto regresa a la categoría profesional» que ostentaba «como fiscal de segunda de la Audiencia Nacional» y, en consecuencia, «le impide seguir ocupando una plaza a la que sólo pueden acceder los fiscales de primera».
«Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes: Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición», establece el artículo 47.1.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Es decir, García Ortiz está obligado a cesar a Dolores Delgado y el próximo Consejo Fiscal tendrá que dar explicaciones sobre el caso.
El CGPJ ha afeado a García Ortiz su «desidia» a la hora de acatar la sentencia del Supremo sobre Delgado que, tras el fallo, «no puede seguir siendo fiscal de sala de Memoria Democrática»
Es cierto que la sentencia del Supremo todavía no es firme y «cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional», confirman varios juristas consultados por este periódico. Sin embargo, «la posibilidad de que se dicte una medida cautelar que paralice la firmeza» del fallo y, con ello, la ejecución de su contenido, sería «asombrosa». En esencia porque «la doctrina consolidada» de la propia Corte «establece un criterio restrictivo» en este sentido y sólo se admite en «casos muy tasados y con efectos irreparables» como, por ejemplo, «expulsiones del territorio nacional» o en ciertos «ingresos en prisión, que suponen una restricción grave de la libertad, cuando ésta no exceda de cinco años».