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El separatismo catalán y vasco intentarán aprovechar la reforma del artículo 49 de la Constitución para colar sus reclamaciones

El separatismo intentará aprovechar la reforma del artículo 49 de la Constitución para colar sus reclamacionesLu Tolstova

El peligroso caballo de Troya que puede infiltrarse en la reforma del artículo 49 de la Constitución

Hay acuerdo para modificar la Carta Magna en un momento que puede ser aprovechado por el separatismo

Mayo de 2021. El Consejo de Ministros del día 11 aprueba un proyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución relativo a los derechos de las personas con discapacidad en España. La modificación considera el texto «obsoleto» e «injusto», y plantea sustituir el término «disminuido» por «personas con discapacidad». El problema de abrir el melón de la reforma constitucional es que puede utilizarse para colar otras modificaciones. De hecho, el PNV, ya entonces, afirma claramente: «Va a resultar inevitable que al sacar una cereza de la cesta, salgan otras».

En diciembre de 2022, ese comentario se explicita. El PNV aprovecha el proyecto de reforma del artículo 49 para proponer enmiendas con las que introducir el derecho a decidir pactado, suprimir el artículo 155, y limitar la inviolabilidad del Rey.

El propio Grupo Vasco anunció la presentación de un total de 11 enmiendas al proyecto de reforma de la Constitución en trámite para incluir, a través de la modificación del artículo 2 y de la inclusión de una nueva disposición adicional, el derecho a decidir del pueblo vasco.

El artículo 2 pasaría a «reconocer y garantizar el derecho a la autonomía de las naciones y regiones que integran el Estado y la solidaridad entre todas ellas», mientras que la nueva disposición adicional rezaría: «La plena realización de los derechos históricos del pueblo vasco, como manifestación institucional de su autogobierno, se exterioriza a través del derecho a decidir de su ciudadanía, libre y democráticamente representada, siendo su ejercicio pactado con el Estado».

Por su parte Junts per Catalunya, el partido que lidera Carles Puigdemont, presentó una enmienda en la que proponía añadir un nuevo apartado al artículo 117 (sobre el Poder Judicial). En concreto, éste: «Por ley orgánica se regulará el ejercicio del derecho de gracia mediante el indulto y la amnistía». Además, sus otras tres enmiendas trataban de desactivar sus grandes enemigos para la consecución de sus objetivos: el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas.

Como se ve, el nacionalismo vasco y el separatismo catalán estaban deseosos de que se abriera la puerta de la reforma constitucional para introducir sus propias reclamaciones rupturistas y tratar de dinamitar la Constitución desde dentro. Ni el derecho a decidir, ni la eliminación del artículo 155 ni la amnistía ni el TC... tienen nada que ver con eliminar el término «disminuido», algo con lo que por otra parte todo el mundo está de acuerdo.

Esa puerta se ha abierto ahora, un año después de aquella intentona. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, llegaron el pasado jueves en La Moncloa a un acuerdo para lograr la reforma.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo (d), se saludan durante una reunión, en el Congreso de los Diputados, a 22 de diciembre de 2023, en Madrid (España). Durante el encuentro, han tratado temas como la renovación del Consejo General del Poder Judicial, la reforma del artículo 49 de la Constitución y el nuevo modelo de financiación autonómica, temas propuestos por el Gobierno. También, han hablado sobre la Ley de Amnistía y los pactos del Ejecutivo con el independentismo, a petición del PP.
22 DICIEMBRE 2023;REUNIÓN;PRESIDENTE;FEIJOO;SÁNCHEZ;PODER JUDICIAL;CGPJ;ARTÍCULO 49;AUTONOMÍA;REFORMA;PP-PSOE;PP;PSOE;
Alberto Ortega / Europa Press
22/12/2023

Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, se saludan en el Congreso, el 22 de diciembreEuropa Press

Según ha explicado Feijóo, su propuesta es que antes de fin de año el PSOE y el PP presenten conjuntamente como proposición de ley el texto que pactaron hace meses y con las garantías de que no se aceptarán enmiendas ajenas ni modificaciones que no cuenten con el apoyo de los dos grandes partidos.

También requiere el compromiso del PSOE de que sus socios de Sumar no apoyarán la realización de un referéndum constitucional para ratificar la reforma, pues se podría organizar con la firma de 35 diputados y la posición de los de Yolanda Díaz sería determinante si alguien lo propusiera.

Artículo 167.3 de la Carta Magna

«Aprobada la reforma por las Cortes Generales, deberá ser sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las dos Cámaras».

En cuanto a los plazos, ha propuesto aprobar la reforma constitucional por el procedimiento de urgencia y de lectura única de manera que se pueda aprobar en un Pleno monográfico del Congreso, a ser posible en enero.

El problema que se plantea es que todas esas garantías puedan quedar en papel mojado porque Sánchez y sus socios tienen un largo historial de incumplimientos. Pero además son especialistas en buscar todo tipo de triquiñuelas y atajos legislativos y legales para acomodar la legislación a sus intereses.

Tercera modificación de la Constitución

La reforma de la Constitución pactada este viernes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, para eliminar el término «disminuidos» será la tercera modificación de la Carta Magna desde su aprobación en 1978.

El Gobierno presentó un proyecto de reforma de ese artículo tras las elecciones de 2019, pero hasta ahora no había conseguido la mayoría cualificada del Parlamento que se requiere para la modificación, es decir, tres quintas partes de la Cámara, 210 diputados.

Será ésta la tercera reforma de la Constitución de 1978, después de las acometidas en 1992 y en 2011.

El texto constitucional se mantiene prácticamente intacto desde 1978. Solo se ha modificado el artículo 13.2, referido al voto de los extranjeros, y el 135 para garantizar la estabilidad presupuestaria.

Adaptación al tratado de Maastrich. La primera modificación tuvo lugar en agosto de 1992 por iniciativa parlamentaria, para acomodar la legislación española al Tratado de Maastrich y permitir la elección de alcaldes y concejales en la persona de ciudadanos de la UE residentes en España.

El artículo modificado fue el 13.2, aunque sólo se añadieron dos palabras, «y pasivo», al referirse al derecho de sufragio en las elecciones municipales.

Estabilidad presupuestaria. La segunda reforma se inició el 26 de agosto de 2011, cuando PSOE y PP registraron en el Congreso una proposición destinada a garantizar la estabilidad presupuestaria, que afecta exclusivamente al artículo 135 de la Carta Magna, tras llegar ambas formaciones a un acuerdo el día anterior.

La reforma fue planteada por el presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE), en un pleno extraordinario del Congreso el 23 de agosto y aceptada por el líder del PP, Mariano Rajoy.

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez ZapateroGTRES

El pleno del Congreso aceptó la toma en consideración el día 30 de agosto y la propuesta se aprobó el 2 de septiembre, con 316 votos a favor y 5 en contra.

El Senado la avaló el día 7, con 233 votos a favor de PP, PSOE, PSC y UPN, tres en contra y sin que los nacionalistas participaran en la votación. Antes la Cámara Alta rechazó 23 enmiendas de las minorías de izquierda y las formaciones nacionalistas, incluidas las que reclamaban que la reforma fuera sometida a referéndum popular. Por tanto, la reforma quedó definitivamente aprobada.

El 27 de septiembre el rey Juan Carlos I y el presidente Rodríguez Zapatero firmaron la reforma constitucional en un acto solemne celebrado en el Palacio de la Zarzuela.

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