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Teodoro Obiang, presidente de Guinea Ecuatorial y padre de Carmelo Ovono ObiangAFP

Tribunales

Pedraz cede a Guinea la causa en la que investiga al hijo de Obiang por el secuestro de cuatro opositores

El juez de la Audiencia Nacional ha manifestado que «concurren los requisitos para que no puedan perseguirse los delitos investigados en España»

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado ceder a Guinea Ecuatorial la jurisdicción para investigar el presunto secuestro y desaparición de cuatro miembros del Movimiento para la Liberación de Guinea Ecuatorial-Tercera República (MLGE3R) en noviembre de 2019, unos hechos por los que estaban siendo investigados en España Carmelo Ovono Obiang, hijo del presidente ecuatoguineano, Teodoro Obiang, y otros dos miembros del Gobierno.

En un auto, el magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 5 explica que se ha recibido una comisión rogatoria de las autoridades del país africano en la que se interesa la cesión de la jurisdicción a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia de aquel país al haberse abierto un procedimiento por los mismos hechos y contra las mismas personas que en España.

«A la vista de la comisión rogatoria y los hechos imputados concurren los requisitos para que no puedan perseguirse los delitos investigados en España y con ello acceder a la cesión de la jurisdicción: La solicitud de cesión es clara en cuanto indica que se trata de los mismos hechos y consta que se ha iniciado un procedimiento para su investigación y los investigados no se encuentran en territorio español», explica el magistrado.

En este sentido, añade Pedraz, no hay base alguna para concluir, si quiera indiciariamente, que haya hechos cometidos en España de forma que la actividad criminal se hubiera desarrollado al menos parcialmente en nuestro país.

A falta de otras diligencias, añade, y pese al tiempo transcurrido desde que se abriera la investigación, solo consta que fueron secuestrados en Sudán del Sur y trasladados a Guinea Ecuatorial. Además, aclara, el hecho de que se diga que los perjudicados –dos de los cuales tenían nacionalidad española y los otros dos residían en España– fueron previamente investigados (con vigilancias o seguimientos en España) y luego convencidos para que se desplazaran a Sudán solo son meras manifestaciones que no se acreditan.

El juez recuerda además que «en las presentes diligencias lo que se investiga son unos hechos muy concretos (los más arriba expresados), no al régimen guineano ni a su poder judicial».

Imparcialidad

Así, insiste, con lo expuesto en la solicitud de cesión de jurisdicción enviada por Guinea, «este instructor no puede poner en duda que se trate de otros hechos o que el procedimiento adolezca de falta de imparcialidad o sea meramente instrumental».

«En definitiva, no hay duda de que son efectivamente las autoridades guineoecuatoriales las que solicitan la cesión y lo han hecho a través de los cauces diplomáticos precisos», explica.

Fachada de sala de vistas de la Audiencia NacionalAlejandro Martínez Vélez / Europa Press

No obstante, recuerda que existe una cláusula de salvaguarda para que el juez sí pueda perseguir los delitos en España cuando el Estado que ejerza su jurisdicción no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación o no pueda realmente hacerlo, una cláusula que se debería poner en marcha elevando exposición razonada al Tribunal Supremo una vez comprobado que no se han investigados los hechos en aquel Estado.

«De esta forma, no hay otra posibilidad que ceder la jurisdicción, pues no cabe valorar la concurrencia o no de aquella cláusula de salvaguarda, pues tal valoración corresponde exclusivamente al Tribunal Supremo. Y no cabe alegar, como hace la acusación, una falta absoluta de reciprocidad, pues lo que está claro es que se da el supuesto del artículo 23.5 Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)», añade.

Finalmente, el magistrado remarca que «no hay porqué dudar de que se iniciara la causa el 15 de febrero de 2023 en la Sala Segunda de la Corte, porque así se comunica oficialmente; como tampoco que no se siga un proceso con las debidas garantías reconocidos por el Derecho Internacional, pues basta leer el auto 3 de julio de 2023 de dicha Corte en el que solicita la cesión, como la legislación guineo ecuatorial, del que no se sigue quiebra alguna».

El origen del caso

Los hechos investigados habrían acontecido en un viaje de Madrid a Yuba, donde los secuestrados habrían sido capturados el 15 de noviembre de 2019 como parte de una trampa bajo la falsa invitación de un amigo para viajar a Sudán del Sur.

Según la querella, fueron «trasladados clandestinamente en un avión oficial del régimen de Guinea Ecuatorial y encerrados en un centro de detención en Oveng Asem». «Han sido torturados y obligados a pedir perdón al líder del régimen ecuatoguineano bajo presiones frente a la TV pública de Guinea Ecuatorial», apuntaba el escrito.

En el mismo se sostenía que Ovono Obiang y Obama Nchama –dos de los investigados– habrían estado presentes tanto en el avión oficial en el que se ejecutó el secuestro como dirigiendo «algunas de las sesiones de torturas en los sótanos del centro penitenciario». Además, explicaba que ambos «residirían en España, contarían con domicilio estable, y además, se podrían encontrar» en territorio nacional.

A los dos nacionales españoles, Efa Mangue y Obama Mefuman –ya fallecido–, se les habría imputado una presunta participación en un golpe de Estado contra el Gobierno ecuatoguineano por la que habrían sido condenados en un juicio militar a las penas de 90 años y 70 años de prisión respectivamente.