Tribunales
El Supremo cita como investigado a Puigdemont para que declare de forma voluntaria por Tsunami
El Alto Tribunal ofrece al prófugo comparecer por videoconferencia entre el 17 y el 21 de junio por un presunto delito de terrorismo
La magistrada del Tribunal Supremo Susana Polo ha citado como investigado al expresidente catalán y prófugo de la Justicia, Carles Puigdemont, para que entre el 17 y el 21 de junio declare de forma voluntaria vía videoconferencia en la causa abierta el pasado febrero por presuntos delitos de terrorismo en el denominado caso Tsunami Democràtic (TD). De esta manera, el también candidato de Junts a la Generalidad de Cataluña comparecería ante el Alto Tribunal poco más de un mes después de los comicios catalanes del 12 de mayo.
En un auto dictado este mismo lunes, la jueza ha convocado también al diputado del Parlamento de Cataluña Ruben Wagensberg para que comparezca en los mismos términos en el procedimiento que ahora se sigue en el Supremo, después de que el pasado febrero asumiera la competencia sobre los hechos relativos a ambos dirigentes a petición del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que continúa investigando a otra decena de personas por los disturbios atribuidos a la plataforma independentista.
Se trata de la primera diligencia que ordena Polo desde que recibiera el encargo de instruir la causa de Tsunami Democràtic. Cabe recordar que el asunto está en manos del Supremo toda vez que Puigdemont y Wagensberg gozan de la condición de aforados; uno por ser eurodiputado y otro por ser diputado regional.
En el marco de la citación, la juez ha cursado una orden europea de investigación (OEI) y una comisión rogatoria internacional a través de EUROJUST para que se averigüe el paradero y domicilio de ambos investigados para poder celebrar sus respectivas declaraciones.
Origen de la causa
El pasado mes de febrero la Sala Segunda del Supremo procesó por unanimidad a Puigdemont por los hechos ocurridos el 14 de octubre de 2019 en el Aeropuerto del Prat de Barcelona, que identificaron como terrorismo. «Se perturbó el servicio de aviación internacional y los servicios de aeropuerto y el tráfico aéreo. Se impidió el acceso de usuarios y tripulación y se aisló la torre de control del aeropuerto, donde se quiso obligar a permanecer a los controladores aéreos, con la idea de provocar la paralización del aeropuerto y la suspensión masiva de vuelos, en una situación de absoluto caos y violencia», agregó el Tribunal en su auto.
Además, los magistrados explicaron que para acreditar el delito de «terrorismo callejero» se exige que dicha modalidad de violencia se ejecute con la intencionalidad de obtener alguna de las siguientes finalidades: subvertir el orden constitucional, alterar gravemente la paz pública, desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional o provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.
«Pues bien, en nuestro supuesto, se han cometido por los integrantes del movimiento TD los delitos graves contra la libertad, integridad física, de atentados, falsedades documentales, el patrimonio y otros que ya han sido recogidos en el apartado primero de este escrito», subrayó el Alto Tribunal en su razonamiento.
Así las cosas, ahora la magistrada Polo ha citado de manera voluntaria al prófugo de la Justicia para que declare telemáticamente por la causa de Tsunami.