Comisión Conjunta de Justicia y Constitucional
Catedráticos sobre la amnistía: «Decir que faltaban siete votos para la investidura no queda bien en una Exposición de Motivos»
El Senado continúa escuchando a los juristas que informan sobre el polémico texto normativo que, según lo previsto, quedará aprobado en este mes de mayo
La Comisión Conjunta de las Comisiones Constitucional y de Justicia del Senado ha continuado –ajena a la comparecencia en la que Pedro Sánchez anunciaba el pasado lunes, tras cinco días de reflexión, su continuidad en el cargo– con la ronda de ponencias en la que diferentes expertos están llamados a informar sobre la ley de Amnistía. Un panel de expertos en el que han intervenido, recientemente, el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, Javier García Roca; la profesora titular de Derecho de la Unión Europea de la Universidad Ceu San Pablo, Belén Becerril Atienza y la catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona, María Teresa Freixes.
«Nuestro sistema jurídico no puede ser analizado únicamente teniendo en cuenta el derecho interno» y al margen de lo que la catedrática Freixes define como «una visión institucionista del Derecho». Es decir, un ordenamiento no está únicamente basado en el catálogo de normas que lo intergan sino, también, apoyado en los organismos que las aplican. «La ley de amnistía tiene una exposición de motivos muy larga» porque «tiene mucho que juistificar», aseguraba la catalana, miembro del Foro de Profesores, durante su intervención en la Cámara Alta.
Y es que, a su juicio, la idea de que la amnistía llega para pacificar un conflicto entre España y Cataluña no es creíble: «El conflicto no está planteado entre catalanes, ni entre catalanes y españoles, sino entre dos formas diferentes de cómo hay que interpretar lo que debe ser un Estado de Derecho democrático y el respeto a los derechos humanos en nuestro ordenamiento conectado con Europa».
De ahí que «esta Proposición de Ley» se genera de una manera inopinada porque «el secesionismo lo pide» y, pese a muchas negativas anteriores, tras conocerse el resultado de unas elecciones generales «se les dice que sí». Para Freixes, «reconocer que faltaban siete votos para la investidura no es muy fino en una Exposición de Motivos, especialmente, cuando tendrá un recorrido no sólo en los tribunales españoles sino, también, en los europeos. La Exposición de Motivos de esta Ley de Amnistía sirve para vestir esa decision política», de cesiones a cambio de apoyos, y presentarla como lo que, en realidad, no es: un indulto general que, en nuestra Constitución, «están expresamente prohibidos».
Hubo una decisión expresa de la Constituyente para no regular la amnistía. Por lo tanto, habiendo dicho la voluntad del legislador, estrictamente, que no quiere esa regulación, no se puede hacer decir a la Ley lo que la Ley no dice
Además, para la veterana catedrática catalana, que la Unión Europea «admita la amnistía» en los casos de aquellos países miembros «que la permiten en sus ordenamientos» no significa que pueda «extrapolarla a aquellos otros que no la tienen regulada». Cabe recordar que la UE «se basa en el principio de atribución y lo que los Estados no le atribuyen, no se lo puede inventar».
«A mí se me hace complicado, por lo tanto, afirmar taxativamente el encaje constitucional de esta Ley de amnistía» en nuestro país, añadía Freixes, tras asegurar que la voluntad «expresa» del legislador, tras haberlo debatido en el Congreso por los padres de la Constitución, hasta en dos enmiendas diferentes, fue la de «excluirla».
Además, para la catedrática catalana Freixes, otra de las cosas que más le «sorprende» en materia de amnistía es el intento «por evitar» el «control del juez» a la aplicación de la amnistía. Algo que es común no sólo en nuestro sistema jurídico, sino en el ordenamiento de la UE donde «en todo momento, cualquier medida cautelar» sobre la aplicación de una norma en discusión, «que está llamada a salvaguardar el objeto del proceso», «debe estar controlada de principio a fin por el juez». Bien sea el Tribunal Constitucional, si «se llega a plantear una cuestión previa» o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si se presenta una prejudicial.
Una cuestión, la de la tutela judicial efectiva que reconoce, también, el dictamen emitido por la Comisión de Venecia sobre la polémica proposición de ley de amnistía española. La Comisión de Venecia, conformada por «personas muy expertas», ha hecho un «estudio muy intenso» sobre nuestro ordenamiento, y el del resto de los países, aportando «muchos argumentos sólidos» sobre la norma, precisamente, porque «para la verificación europea del respeto al Estado de Derecho» sus informes son «decisivos», destacaba Freixes en su intervención. «La Unión Europea se siente vinculada a la Comisión de Venecia», remarcaba.