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El Constitucional se prepara para avalar la ley que prohibe rezar frente a las clínicas abortivas

La ponente de la sentencia, María Luisa Balaguer, considera proporcionales las sanciones previstas en la norma para quienes acosen a las mujeres que acuden a interrumpir, voluntariamente, su embarazo

El Tribunal Constitucional (TC) se dispone a avalar, por mayoría, la Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril, que modificó el Código Penal para castigar, con penas de entre tres meses y hasta un año de prisión, el acoso a las mujeres que acudan a las clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo. Según ha podido saber El Debate, la ponente de la sentencia, la magistrada María Luisa Balaguer considera que la norma se ajusta a los cánones de legalidad exigibles para que la misma sea comprensible y, además, delimita en relación con un contexto muy concreto, aquellos actos molestos y ofensivos hacia las mujeres que deciden abortar, tomando como referencia la entidad de los mismos y cómo, de alcanzarla, podrían equipararse al acoso previsto en otros preceptos penales.

Sin embargo, sí existe una cierta discrepancia entre algunos de los miembros del Pleno de la Corte de Garantías en lo relativo a la apreciación de Balaguer sobre la «proporcionalidad» de las sanciones previstas por la Ley recurrida, en tanto en cuanto que sirven para «proteger a la sociedad» y a las mujeres en concreto, objeto de tutela, por cuando en una sentencia previa el TC ya declaró el aborto como «un derecho cuasi fundamental». Un extremo, este último, que contó con los durísimos votos particulares de los cuatro magistrados profesionales del órgano: César Tolosa, Concepción Espejel, Enrique Arnaldo y Ricardo Enríquez.

Fue en febrero de 2022 cuando el Congreso aprobó, con los votos en contra de PP y Vox, la ley orgánica con la que se castiga con penas de prisión los «actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos» que «menoscaben la libertad de las mujeres». Estableciendo, además, que en cada caso los tribunales podrán imponer a su vez la prohibición de los condenados a determinados lugares, por períodos de entre seis meses y tres años.

Vox impugnó la norma después de haber intentado frenarla en sede parlamentaria y tras presentar, sin resultado, varias enmiendas para que el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas especializadas en aborto no se castigue con penas de prisión. Lo que, comunmente ha venido en llamarse, desde la entrada en vigor de la norma como el «delito de rezo» que comporta una «importante carga sociológica», según algunos expertos consultados por este diario.

La Ley Trans de Madrid

Al margen, está previsto que los magistrados del Constitucional deliberen sobre si admiten a trámite o no el recurso que presentó el Defensor del Pueblo contra la reforma de la 'ley trans' que la Comunidad de Madrid aprobó el pasado diciembre. Una norma impugnada por el Defensor del Pueblo, el socialista Ángel Gabilondo, al considerar que «patologiza a los menores y vulnera sus derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad», según señaló el pasado abril cuando anunció el recurso.

Asimismo, consta en el orden del día entre los asuntos para primera deliberación el recurso que presentaron los diputados de Vox contra la disposición de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022 que otorgó al País Vasco todas las facultades respecto de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Sobre este asunto, se prevé que el tribunal se muestre a favor de estimar el recurso toda vez que el pasado 25 de abril ya estimó el recurso que presentaron los diputados del PP y declaró nula e inconstitucional dicha disposición.

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